Resolución número 00000573 de 2016, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40144178 - 28 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 669016533

Resolución número 00000573 de 2016, por la cual se establece la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40144178

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50161

Expediente A.A. 095 de 2016

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011.

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º Déjese sin valor ni efecto registral la anotación número 4 del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40144178, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia, dejando constancia en el mismo sobre tal circunstancia y efectúense las salvedades de ley (artículo 59 y 60 Ley 1579 de 2012).
Artículo 2º

Notifíquese personalmente de esta providencia a Néstor Rojas Cruz, apoderado especial de Luis Orlando Chaparro Ruiz, como terceros determinados a Marco Antonio Chaparro Rojas, Marco Antonio y Yesid Chaparro Ruiz, Óscar Alexánder Tunjuelo Gutiérrez y a terceros indeterminados con publicación de la presente providencia por una sola vez en el Diario Oficial; si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso (artículo 67 y 69 Ley 1437 de 2011).

Artículo 3º

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Registrador Principal de esta oficina y el de apelación para ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, los cuales deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, ante el registrador principal de esta oficina (artículo 74, 76 Ley 1437 de 2011).

Artículo 4º Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 26 de diciembre de 2016.

El Registrador Principal,

Édgar José Namén Ayub.

i Artículo 3º de la Ley 1579 de 2012. Principios. Las reglas fundamentales que sirven de base al sistema registral son los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR