Resolución número 000010 de 2021, por la cual se modifica la estructura organizacional, su distribución y denominación de áreas correspondientes a la planta global de cargos del Banco Agrario de Colombia S. A - 26 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866574088

Resolución número 000010 de 2021, por la cual se modifica la estructura organizacional, su distribución y denominación de áreas correspondientes a la planta global de cargos del Banco Agrario de Colombia S. A

EmisorVarios - Banco Agrario
Número de Boletín51657

El Presidente del Banco Agrario de Colombia S. A., en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998.

CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional establece:

    "Artículo 115. Planta Global y Grupos Internos de Trabajo. El Gobierno nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.

    Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".

  2. Que el Decreto número 1341 del 25 julio de 2019, confiere al Presidente del Banco Agrario de Colombia S. A., las siguientes funciones correspondientes a la administración de la estructura organizacional:

    Artículo 2º. Son funciones de la Presidencia del Banco Agrario de Colombia, S. A., las siguientes: 11) Distribuir los cargos del banco y definir sus funciones o responsabilidades y denominación de acuerdo con la estructura y la planta de personal y atendiendo las necesidades de la organización, sus planes y programas.

    22) Proponer para aprobación de la Junta Directiva la creación y la eliminación de las Gerencias Nacionales del Banco, de acuerdo con las necesidades del servicio y previa disponibilidad presupuestal.

    23) Propone, para aprobación de la Junta Directiva y de acuerdo con las necesidades del servicio, la creación y eliminación de las Gerencias Regionales, Gerencias Zonales y Oficinas".

  3. Que así mismo el Decreto número 1341 del 25 de julio de 2019 dispuso lo siguiente:

    Artículo 19. El Presidente del Banco, para desarrollo del objeto social y teniendo en cuenta las necesidades del servicio y la viabilidad presupuestal, podrá crear Gerencias Nacionales, Gerencias Regionales, Gerencias Zonales, Oficinas, previa autorización de la Junta Directiva.

  4. Que el Decreto número 1342 del 25 de julio de 2019 estableció la planta de personal del Banco e indicó en su artículo segundo que los trabajadores oficiales del Banco Agrario de Colombia S. A., serán hasta 7866.

  5. Que los Estatutos Sociales del Banco Agrario de Colombia S. A. en su artículo 36 indican entre otras la siguiente función a cargo del Presidente del Banco:

    "3) Proponer la estructura de cargos, sus funciones y remuneraciones, nombrar y remover funcionarios de acuerdo con el procedimiento establecido. (...)".

  6. Que previamente a la emisión de la presente resolución, cada uno de los vicepresidentes y las áreas que dependen directamente de la Presidencia del Banco certificaron que la distribución, denominación de los cargos y las funciones de las Gerencias a su cargo, corresponden a la misión y objeto para la cual fueron creadas cada una de ellas y guardan relación directa con las funciones establecidas para cada una de estas áreas, conforme con el Decreto número 1341 de 2019. Estas certificaciones reposan en los archivos de la Vicepresidencia de Talento Humano.

  7. La implementación de los cambios contemplados en esta resolución se efectuará en un término no mayor a 7 meses, contados desde su vigencia.

    Por lo expuesto, el presidente del Banco Agrario de Colombia S. A.

    RESUELVE:

    Primero. Distribuir la planta global de trabajadores oficiales del Banco Agrario de Colombia S. A., de acuerdo con la numeración establecida para las diferentes áreas en el artículo 1 del Decreto número 1341 del 25 de julio de 2019, denominando las áreas y los cargos de la planta de personal del Banco Agrario de Colombia S. A. e indicando las Vicepresidencias o áreas de las cuales dependerán en la estructura, de la siguiente manera:

    1. Asamblea General de Accionistas.

    2. Junta Directiva.

    3. Presidencia: La Presidencia estará conformada por un total de 118 cargos descritos en el artículo segundo de este documento y por las siguientes dependencias:

    3.1 Secretaría General.

    3.2 Oficina de Auditoría Interna.

    3.3 Oficina de Control Disciplinario Interno

    3.4 Gerencia de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).

    Además de las anteriores dependencias, también le reportarán directamente a la Presidencia la Vicepresidencia Jurídica, la Vicepresidencia de Riesgos y la Vicepresidencia Ejecutiva, así:

    3.5 Vicepresidencia Jurídica: La Vicepresidencia Jurídica estará conformada por un total de 57 cargos descritos en el artículo segundo de este documento y por las siguientes gerencias:

    3.5.1 Gerencia de Asesoría Jurídica del Negocio.

    La Gerencia de Asesoría Jurídica del Negocio es responsable de brindar asesoría, acompañamiento y soporte legal en temas de derecho financiero, bursátil, comercial y bancario a todas las dependencias del Banco.

    Funciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Negocio. Son funciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Negocio:

  8. Planear, coordinar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la asesoría jurídica del negocio.

  9. Brindar asesoría, acompañamiento y definir la posición jurídica aplicable por las dependencias del Banco, en materia comercial, financiera, bancaria, bursátil y de comercio exterior, asegurando una adecuada administración del riesgo jurídico.

  10. Resolver las consultas jurídicas presentadas por las distintas dependencias del Banco y por entidades públicas y privadas, de conformidad con las normas que rigen la prestación de los servicios y productos financieros.

  11. Apoyar a las diferentes dependencias del Banco para dar respuesta a las peticiones y quejas de los consumidores financieros, cuando estas correspondan al desarrollo de las actividades propias de la Gerencia.

  12. Aprobar las minutas de los convenios y contratos bancarios; y brindar las instrucciones para su diligenciamiento en coordinación con las dependencias ejecutoras de los procesos.

  13. Identificar los riesgos jurídicos para el Banco y generar las estrategias para su adecuada administración y control.

  14. Brindar asesoría y acompañamiento jurídico a las dependencias misionales del Banco en proyectos especiales y de creación de productos.

  15. Hacer seguimiento, estudiar, analizar o conceptuar sobre los proyectos de normatividad interna y normatividad externa aplicable al Banco en materia de derecho financiero, bursátil, comercial, bancario, civil, comercial, entre otras.

  16. Garantizar los acuerdos de niveles de servicios establecidos entre el Banco y terceros que prestan servicios de gestión jurídica en los temas de su competencia.

  17. Asistir a las Asambleas, Juntas y Comités que requieran de su presencia y a los que el Vicepresidente Jurídico delegue su asistencia.

  18. Conceptuar sobre los proyectos de normatividad interna relacionados con aspectos a cargo de la Gerencia.

  19. Realizar el análisis jurídico de las garantías a constituir en favor del Banco cuando estas no cuenten con formatos preestablecidos, así como establecer las minutas correspondientes para este efecto, con la finalidad de que las mismas se instrumenten adecuadamente.

  20. Dirigir, coordinar y llevar a cabo los procesos relacionados con la validez jurídica de las garantías, estudio de sociedades y la coordinación de abogados externos para la constitución de garantías reales.

  21. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los reglamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

    3.5.2 Gerencia de Defensa Judicial.

    La Gerencia de Defensa Judicial es responsable de preservar los intereses del Banco y asegurar la debida representación de la entidad, en los asuntos y procesos que se promuevan en su contra o que esta deba iniciar.

    Funciones de la Gerencia de Defensa Judicial. Son funciones de la Gerencia de Defensa Judicial:

  22. Planear, coordinar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la gestión de defensa judicial preservando los intereses del Banco.

  23. Atender y hacer seguimiento a las audiencias de conciliación prejudicial o judicial, interrogatorios de parte o prueba dentro de los procesos vigentes.

  24. Proponer y actualizar la política de daño antijurídico del Banco ante el Comité de Conciliación y Defensa Judicial.

  25. Acompañar y apoyar la atención de consultas por reintegro de ilícitos a nivel nacional.

  26. Coordinar la defensa de los intereses y la representación del Banco en los procesos judiciales y en las actuaciones administrativas y medios de control que se promuevan en su contra o que este deba iniciar.

  27. Gestionar en conjunto con la Vicepresidencia de Talento Humano las reclamaciones administrativas laborales y los actos derivados de las relaciones laborales.

  28. Dar respuesta a los requerimientos que formulen los entes de control internos y externos, de conformidad con las normas aplicables al Banco, en los asuntos de su competencia.

  29. Realizar seguimiento, control y coordinación de gestión sobre las actuaciones de los abogados externos apoderados del Banco que defienden los intereses del mismo en los distintos procesos judiciales y procesos administrativos.

  30. Atender y coordinar las actuaciones derivadas de las acciones de tutela que se presenten en contra del Banco y administrar la información de los procesos.

  31. Interponer las denuncias o acciones judiciales y administrativas, así como gestionar los correspondientes procesos iniciados como consecuencia de las investigaciones de fraude en operaciones bancarias o derivados de delitos que afecten los intereses del Banco.

  32. Ejercer la Secretaría Técnica en los Comités de: Conciliación y Defensa Judicial...

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