Resolución número 00001205 de 2022, por la cual se delega la gestión de algunas de las mercancías aprehendidas por la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN) relacionadas en el numeral 1 del artículo 733 del Decreto 1165 de 2019 - 11 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909252209

Resolución número 00001205 de 2022, por la cual se delega la gestión de algunas de las mercancías aprehendidas por la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales (DIAN) relacionadas en el numeral 1 del artículo 733 del Decreto 1165 de 2019

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52123

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y el artículo 733 del Decreto 1165 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política refiere que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Así mismo señala que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley.

Que el artículo 3º de la Ley 1437 de 2011 indica que todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la parte primera de ese código y en las leyes especiales. Así mismo, dispone que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

Que el artículo 6º Ley 489 de 1998 señala que, en virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Así mismo, advierte que sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura...

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