Resolución número 000016 de 2022, por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera durante el año 2022 - 28 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896221376

Resolución número 000016 de 2022, por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera durante el año 2022

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51931

El Director de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 633 del 2000, modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, en los numerales 1 y 26 del artículo 8º y Parágrafos de los artículos 60, 61 y 62 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 y en la Resolución 68 del 9 de agosto de 2021,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, establece que los miembros de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera podrán desarrollar sus funciones conforme a las competencias dadas y a los procedimientos establecidos por el Director General de la UAE-DIAN.

Que mediante el Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y dentro de su organización se prevé la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera para apoyar las labores propias del control aduanero, tributario y cambiario, por lo tanto, se expidió la Resolución 000068 del 9 de agosto de 2021, por la cual se define la competencia territorial de la Dirección de Gestión de la Policía Fiscal y Aduanera.

Que los parágrafos de los artículos 60, 61 y 62 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, contemplaron que las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera serán ejercidas exclusivamente por los empleados públicos de la DIAN, y que cuando las circunstancias así lo exijan, previa autorización del Director General, podrán contar con el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera.

Que considerando el volumen de operaciones que se reconocen y controlan en los Aeropuertos Internacionales El Dorado de la ciudad de Bogotá, D. C., Alfonso Bonilla Aragón del municipio de Palmira (Valle del Cauca), José María Córdova del municipio de Rionegro (Antioquia), Ernesto Cortissoz de la ciudad de Barranquilla (Atlántico), Rafael Núñez de la ciudad de Cartagena (Bolívar), Matecaña de la ciudad de Pereira (Risaralda), Camilo Daza en el municipio de Cúcuta (Norte de Santander) y El Edén en la ciudad de Armenia (Quindío) y el Puente Internacional Rumichaca en el municipio de Ipiales (Nariño), se hace necesario contar con el apoyo temporal del cuerpo armado de la Policía Fiscal y Aduanera, adscrito a la División de Control Operativo, todo para el cabal desarrollo de las competencias y funciones a cargo de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Bogotá -

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