Resolución número 000018 de 2023, por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en la Planta Global de la UAE - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se adoptan otras decisiones - 13 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 923832665

Resolución número 000018 de 2023, por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba en la Planta Global de la UAE - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se adoptan otras decisiones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín52307

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de las facultades conferidas por los artículos 18 y 19 del Decreto Ley 1072 de 1999, los artículos 19, 20, 22 y 28 del Decreto Ley 071 de 2020 y el artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas, y que el ingreso a los cargos de carrera y ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que en los términos del artículo 130 Ibídem, y del artículo 8º del Decreto Ley 071 de 2020 corresponde a la Comisión Nacional del Servicio Civil la administración y la vigilancia del Sistema Específico de Carrera que rige en la DIAN, atribución que según las previsiones del artículo 11 del literal c) de la Ley 909 de 2004 y del artículo 22 del Decreto Ley citado comprende la realización del concurso para la provisión definitiva de los empleos de carrera.

Que, en desarrollo de las normas precitadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil en adelante CNSC, mediante el Acuerdo número 285 de 2020, convocó al "Proceso de Selección DIAN 1461 de 20201", para proveer 1.500 empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema Específico de Carrera de la planta de personal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que dentro del Proceso de Selección DIAN número 1461 de 2020 fue ofertado el empleo Gestor IV Código 304 Grado 04 -ID 11709- con código de ficha "AT-FL-3005", identificado con OPEC2 número 126468, empleo que se encuentra desempeñando de manera transitoria bajo la modalidad de encargo el señor Edmundo Claret Calvache Caguazango, identificado con cédula de ciudadanía número 1810068.

Que en desarrollo del proceso de selección referido, la CNSC expidió la Resolución número 61 del 11 de enero de 2022, "Por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer veinte y cuatro (24) vacante(s) definitiva(s) del empleo denominado GESTOR IV, Código 304, Grado 4, identificado con el Código OPEC número 126468, del Nivel Profesional de los Procesos Misionales del Sistema Específico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Proceso de Selección DIAN número 1461 de 2020", lista de elegibles que cobró firmeza con relación a la señora Verónica Andrea Álvarez Cabrera, identificada con cédula de ciudadanía número 1143326331, el 21 de enero de 2022. por lo que fue nombrada en periodo de prueba mediante Resolución número 001113 del 15 de julio de 2022.

Que mediante correo electrónico de fecha 1º de agosto de 2022, la señora Verónica Andrea Álvarez Cabrera, allega comunicación en la cual manifiesta que acepta el nombramiento en periodo de prueba, pero no acepta posesionarse en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura, por lo que interpone recurso de reposición contra la Resolución número 001113 del 15 de julio de 2022, en el que solicita:

"(■■■) se reponga, modifique o revoque la resolución número 001113 del 15 de julio de 2022, en el sentido de recibir un nombramiento en periodo de prueba en una dependencia ubicada en Bogotá, ciudad que se identifica con el orden de mis prioridades y se encuentra vacante por la no aceptación de otra aspirante que fue nombrada en esta ciudad, pero además porque soy la persona de la lista con mejor derecho y posición de mérito para ocupar esa vacante".

Que mediante oficio 100151185-003579 de fecha 3 de octubre de 2022, el Subdirector de Gestión del Empleo Público (A), dio respuesta a la solicitud de la señora Verónica Andrea Álvarez Cabrera, así:

"De otra parte, resulta evidente la improcedencia del recurso de reposición contra la Resolución número 001113 del 15 de julio de 2022, por medio de la cual se le efectúa su nombramiento en periodo de prueba ID 11709, como resultado de la firmeza de la lista de elegibles Resolución número 61 del 11 de enero de 2022 expedida por la CNSC, correspondiente a la OPEC número 126468 del empleo denominado Gestor IV Código 304 Grado 04 en la División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura, toda vez que, la materialización del nombramiento deviene de la firmeza de la lista, la audiencia para la escogencia de la plaza y/o ubicación geográfica para desempeñar el empleo en estricto orden de mérito y del cumplimiento de los requisitos del empleo, actuaciones previas y debidamente definidas a la expedición de la resolución del nombramiento.

Por consiguiente, no procede hacer uso del recurso de reposición en la situación que se plantea, al no estar contemplado en las normas que rigen el proceso de selección DIAN 1461 de 2020, que frente a la Resolución número 001113 del 15 de julio de 2022, acto que se considera de ejecución porque no crear ni modifica su situación jurídica, sino que corresponde al cumplimiento de las resultas del proceso de selección en el que participó y que finaliza con su nombramiento a efectos de que lo acepte y tome posesión del mismo.

(...) En síntesis, la solicitud de asignación de plaza de la ciudad de Bogotá que se pretende con un improcedente escrito de recurso de reposición contraviene la norma reguladora ya mencionada y los principios del mérito, igualdad, legalidad, transparencia y objetividad que rigen los procesos de selección de ingreso o ascenso en la carrera administrativa, situación que comporta la improcedencia de su solicitud".

Que la señora Verónica Andrea Álvarez Cabrera, interpuso acción de tutela contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y vinculada la Comisión Nacional del Servicio Civil, por la presunta vulneración al derecho al acceso a la carrera administrativa por meritocracia, solicitando lo siguiente:

"Que se amparen los derechos y principios fundamentales expuestos en esta acción de tutela, así como cualquier otro que su despacho considere vulnerado, y que en virtud de ello: 2. Ordene a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizar todas las acciones correspondientes para lograr que la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) autorice el uso de las vacantes disponibles en las posiciones 7 y 9 la lista de elegibles de la OPEC 126468, que se encontraban ocupadas por los ciudadanos Lucely Milena Cabrera Sua 1 y Erick Noe Hernández Ortiz 2, para que alguna de ellas me sea asignada y, en consecuencia: Ordene a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) nombrarme en periodo de prueba en una vacante ubicada en Bogotá, D. C., para el empleo Gestor IV código 304 grado 04, ID 11709, con código de ficha AT-FL-3005, convocado mediante proceso meritocrático bajo la OPEC número 126468, y cuya lista de elegibles integro y se encuentra en firme".

Que las diligencias fueron asignadas al Despacho del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR