Resolución número 00002131 de 2021, por la cual se modifica el artículo 5º de la Resolución número 2514 de 2012 - 20 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879406199

Resolución número 00002131 de 2021, por la cual se modifica el artículo 5º de la Resolución número 2514 de 2012

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51894

El Ministro de Salud y Protección Social, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 173 de la Ley 100 de 1993, de la Ley 1438 de 2011, que modificó la Ley 715 de 2001, y 65 de la Ley 715 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º de la Ley 1438 de 2011 adicionó el numeral 42.22 al artículo 42 de la Ley 715 de 2001, en el sentido de fijar como competencia de la Nación en el sector "Aprobar los Planes Bienales de Inversiones Públicas, para la prestación de los servicios de salud, de los departamentos y distritos, en los términos que determine el Ministerio de la Protección Social, de acuerdo con la política de prestación de servicios de salud'.

Que, en desarrollo de lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución número 2514 de 2012, por la cual se reglamentan los procedimientos para la formulación, presentación, aprobación, ajuste, seguimiento, ejecución y control de los Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud'.

Que el artículo 4º de la mencionada resolución, define el procedimiento para la formulación, presentación y aprobación de los Planes Bienales de Inversión Pública en salud, el cual inicia con el ingreso de proyectos al aplicativo de Planes Bienales de Inversión Pública en Salud dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que, por su parte, el artículo 5º de la referida resolución determina que, en caso de requerirse, los municipios, las Direcciones Departamentales y Distritales de salud podrán solicitar aprobación a los cambios, cumpliendo los procedimientos establecidos en el artículo 4º de dicha resolución y determina que no se podrán presentar ajustes a dichos planes durante el último trimestre de la vigencia de estos.

Que las entidades territoriales requieren ingresar al Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud para completar los trámites, información o realizar ajustes, modificaciones o adiciones a los proyectos de inversión para ser implementados en las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas, con el fin de mejorar la prestación de servicios de salud a la población.

Que teniendo en cuenta las razones expuestas, se considera necesario modificar el artículo 5º de la Resolución número 2514 de...

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