Resolución número 00002390 de 2021, por la cual se determina el valor a reconocer por parte de la ADRES a las Entidades Promotoras de Salud y demás Entidades Obligadas a Compensar por concepto de canastas de servicios y tecnologías para la atención del coronavirus COVID-19 correspondiente al mes de julio de 2021 - 29 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883595096

Resolución número 00002390 de 2021, por la cual se determina el valor a reconocer por parte de la ADRES a las Entidades Promotoras de Salud y demás Entidades Obligadas a Compensar por concepto de canastas de servicios y tecnologías para la atención del coronavirus COVID-19 correspondiente al mes de julio de 2021

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51902

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, y en desarrollo del artículo 20 del Decreto Legislativo 538 de 2020, y,

CONSIDERANDO:

Que con ocasión a la pandemia actual por la que atraviesa el mundo, provocada por la COVID-19, el Ministerio de Salud y Protección Social, entre otras medidas, profirió la Resolución 385 de 2020, mediante la cual declaro la emergencia sanitaria, medida prorrogada a través de las Resoluciones 844, 1462, 2330 de 2020 y 222, 738 y 1315 y 1913 de 2021, vigente hasta el 28 de febrero de 2022;

Que, por su parte el Gobierno nacional adoptó la "canasta de servicios y tecnologías en salud destinados a la atención del coronavirus COVID-19", a través del Decreto Legislativo 538 de 2020, facultando a este Ministerio para definir: las atenciones para los pacientes con coronavirus COVID-19 y los valores sobre los cuales la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) efectuará el reconocimiento y pago directamente a las instituciones prestadoras de servicios de salud, con base en la información reportada por la entidad promotora de salud, las demás entidades obligadas a compensar o la entidad territorial;

Que, en desarrollo de tales competencias este Ministerio, mediante la Resolución 1161 de 2020, estableció los servicios y tecnologías en salud que integran las canastas para la atención del Coronavirus COVID-19, su valor, así como el anticipo de los recursos de canastas para realizar pagos por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios;

Que, el citado acto administrativo fue modificado por las Resoluciones 1463, 1757 y 2476 de 2020 y, 1529 de 2021, esta última en relación con el contenido de las canastas para los usuarios diagnosticados con COVID-19, el detalle de los servicios y tecnologías que hacen parte de cada una de ellas y definió los valores y total de días a reconocer por parte de la ADRES para las canastas de: "atención hospitalaria básica", "atención hospitalaria media (internación complejidad alta y unidad de cuidado intermedio)" y, "Atención en servicio hospitalario Unidad de Cuidado Intensivo";

Que, para fortalecer las medidas de contención en el proceso de...

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