Resolución número 000025 de 2015, por la cual se conforma la Comisión de Carrera Especial para el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - 23 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 554498126

Resolución número 000025 de 2015, por la cual se conforma la Comisión de Carrera Especial para el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Número de Boletín49403

El Director General, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 40 de la Ley 938 del 2004, en concordancia con el Decreto número 020 de 2014, y

CONSIDERANDO:

De conformidad con lo establecido el artículo 33 de la Ley 938 del 2004, "por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación", el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses pertenece a la Rama Judicial y se encuentra adscrito a la Fiscalía General de la Nación, como un establecimiento público del orden nacional, dotado de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.

Que mediante el Decreto número 020 del 9 de enero de 2014, se clasifican los empleos y se expide el régimen de carrera especial de la Fiscalía General de la Nación y sus entidades adscritas.

Que en el artículo 15 y siguientes del decreto en mención, se estableció que en cada una de las entidades adscritas de la Fiscalía General de la Nación existirá una Comisión de la Carrera Especial, indicando sus funciones y forma de elección, la cual se encontrará conformada de la siguiente manera:

  1. El representante legal o su delegado, quien la presidirá.

  2. El Secretario General o quien haga sus veces.

  3. El Jefe de talento humano o quien haga sus veces. En caso de que en la entidad adscrita el jefe de talento humano sea el Secretario General, el jefe de la Oficina Jurídica.

  4. Dos (2) representantes de los servidores con derechos de carrera.

Que de conformidad con lo antes expuesto, se hace necesario conformar la Comisión de Carrera Especial en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

RESUELVE:

Artículo 1º Integración de la Comisión de Carrera Especial del Instituto.

Intégrase la Comisión de Carrera Especial del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, de la siguiente manera:

El Director General o su delegado, quien la presidirá.

El Secretario General.

El Jefe de la Oficina de Personal.

Dos (2) representantes de los servidores con derechos de Carrera.

Parágrafo 1º. Los representantes de los servidores serán elegidos por voto directo de los servidores para un período de dos (2) años, quienes podrán ser reelegidos por una sola vez. Cada uno de los representantes de los servidores con derechos de carrera tendrá un (1) suplente que lo remplazará en caso de ausencia temporal o definitiva.

Parágrafo 2º. La Comisión de Carrera Especial podrá invitar a los funcionarios o personas que considere necesarios para el cabal cumplimiento de su objeto, así como para brindar las asesorías técnicas que considere necesarias para la toma de decisiones.

Parágrafo Transitorio. En el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, mientras el 50% o más de sus servidores adquieren derechos de carrera, sus representantes ante la Comisión de Carrera Especial del...

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