Resolución número 00004612 de 2014, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9º de la Resolución número 2635 de 2014 - 4 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 542675638

Resolución número 00004612 de 2014, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9º de la Resolución número 2635 de 2014

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49325

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en el artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011 y en desarrollo del Decreto 3047 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, atendiendo los mandatos de las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2011, expidió el Decreto número 3047 de 2013, por el cual se establecen las reglas para garantizar el derecho a la movilidad entre regímenes para los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social en cumplimiento de sus competencias y para concretar el derecho a la movilidad de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, atendiendo las condiciones de operación de los regímenes Subsidiado y Contributivo, expidió la Resolución número 2635 del 27 de junio de 2014.

Que el artículo 9º de la citada resolución reglamentó la liquidación y giro de los recursos de la UPC del Régimen Subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, por aquellos afiliados que en ejercicio del derecho a la movilidad se trasladan al Régimen Subsidiado y permanecen en la misma EPS.

Que teniendo en cuenta que la Unidad de Pago por Capitación (UPC), del Régimen Subsidiado tiene un componente financiado con recursos de las Entidades Territoriales y que la cuenta maestra de pagos de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, solamente permite que se le giren recursos provenientes del Fosyga y de la Cuenta de Alto Costo, resulta necesario que las EPS realicen la apertura y registro de una cuenta maestra de pagos que posibilite el giro de estos recursos, por aquellos afiliados que ejercieron el derecho a la movilidad.

Que en orden a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el parágrafo del artículo 9º de la Resolución número 2635 de 2014, el cual quedará así:

"Parágrafo. El reconocimiento de recursos de UPC del Régimen Subsidiado, por parte del Fosyga a la EPS del Régimen Contributivo, se efectuará teniendo en cuenta los términos y condiciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR