Resolución número 000067 de 2018, por la cual se decide una actuación administrativa de los folios de Matrícula Inmobiliaria 50N-1165714 y 50N-20334027 - 20 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 746467825

Resolución número 000067 de 2018, por la cual se decide una actuación administrativa de los folios de Matrícula Inmobiliaria 50N-1165714 y 50N-20334027

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50783

Expediente 016 de 2016.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 22 del Decreto 2723 de 2014.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante turno de corrección C2015-10601 de fecha 3 de diciembre de 2015, el señor Gabriel Guerrero Cuesta, solicita a la Oficina "abrirfolio de matrícula inmobiliaria según escritura 3581 venta parcial sobre el predio con matrícula 1165714 y así mismo que las anotaciones posteriores de la mencionada matrícula sobre el predio vendido a la señora Isabel Camargo de Rivera las anotaciones 3 a 9 que no corresponden alfolio 1165714".

El turno de corrección es remitido por el grupo de correcciones o la sección de abogados especializados, el 28 de enero de 2016, teniendo en cuenta que en anotación 6 del folio 50N-1165714 se encuentra vigente embargo.

Una vez realizado el estudio de los folios en mención, se evidencia que en el folio 50N- 1165714 en la anotación 2 que corresponde a la escritura pública número 3581 del 1º de junio de 1988 de la Notaría 6 de Bogotá, se realiza una venta parcial de 78 m2, de Guerrero Gabriel a favor de Camargo de Rivera Isabel, situación que no se refleja en el folio, por cuanto se registra como venta sin ninguna especificación; teniendo en cuenta el tenor literal de la escritura mencionada, las anotaciones posteriores del folio 50N-1165714, corresponden al folio de matrícula inmobiliaria 50N-20334027, aun cuando la apertura de este folio se realiza con la venta parcial registrada en la anotación 4 del folio 50N-1165714 y no con la venta de la anotación 2 como se debió haber realizado.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto 000027 del 24 de junio de 2016, se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-1165714 y 50N-20334027, comunicándose dicha decisión, a Gabriel Guerrero, Isabel Camargo de Rivera, Aliria Herrera Agudelo y al Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias, al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), para que obre en el proceso de embargo por jurisdicción coactiva del IDU en contra de Herrera Agudelo Aliria a los indeterminados y a quienes no fue posible darla a conocer se les comunicó con la publicación en el Diario Oficial en su edición 50.123 del 21 de enero de 2017 y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, según constancia del Grupo de Divulgación, de fecha 18 de enero de 2017, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 143 7 de 2011.

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

En...

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