Resolución número 0000759 de 2022, por medio de la cual se establecen medidas para afrontar los efectos de la temporada de lluvias en el Municipio de Piojó ubicado en jurisdicción de la CRA - 19 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916988625

Resolución número 0000759 de 2022, por medio de la cual se establecen medidas para afrontar los efectos de la temporada de lluvias en el Municipio de Piojó ubicado en jurisdicción de la CRA

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Atlántico
Número de Boletín52253

El suscrito Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -CRA, teniendo en cuenta lo señalado en la Constitución Política, la Ley 99 de 1993, la Ley 1333 de 2009, el Decreto número 2811 de 1974, Decreto número 1076 de 2015, Ley 1437 de 2011, Ley 2820 de 2021, Ley 1523 de 2015 y demás normas concordantes y,

CONSIDERANDO:

Fundamentos Constitucionales y Legales

Que los artículos 80 y 79 de la Constitución Política, establecen que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas naturales de la Nación.

Que según el artículo 80 de la Constitución Política, el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; además deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

Que el artículo 95 numeral 8 de la Constitución Política, consagra el deber de toda persona de proteger los recursos culturales y naturales del país, y velar por la conservación de un ambiente sano.

Que conforme al artículo 58 superior, se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles; de igual manera, según dicho precepto, la propiedad es una función social que implica obligaciones, a la cual le es inherente una función ecológica.

Que el artículo 1º del Decreto número 2811 de 1974, Código Nacional de Recursos Naturales, establece que el ambiente es patrimonio común, y que el Estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo; así mismo, dispone que los recursos naturales renovables son de utilidad pública e interés social.

Que el artículo 306 del Decreto número 2811 de 1974, señala que, en caso de incendio, inundación, contaminación u otro caso semejante, que amenace perjudicar los recursos naturales renovables o el ambiente, se adoptarán las medidas indispensables para evitar, contener o reprimir el daño, las cuales durarán lo que dure el peligro.

De la competencia de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico

Que de conformidad con el artículo 1º de la ley 99 de 1993, la política ambiental colombiana se regirá, entre otros, por los siguientes principios generales:

"(...) 9. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento..." resaltado por fuera de la norma.

Que la Ley Marco 99 de 1993 consagró en su artículo 23. "Naturaleza Jurídica. Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción1, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambienté". Que el artículo 31 de la ley 99 de 1993 estableció las funciones de las corporaciones autónomas regionales, entre las cuales se incluyeron las siguientes:

(...) "2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.

(...) 23. Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes, y asistirlas en los aspectos medioambientales en la prevención y atención de emergencias y desastres; adelantar con las administraciones municipales o distritales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de erosión, manejo de cauces y reforestación".

Aunado a lo anterior, el artículo 33 señaló: "La administración del medio ambiente y los recursos naturales renovables estará en todo el territorio nacional a cargo de Corporaciones Autónomas Regionales. (...) Corporación Autónoma Regional del Atlántico, CRA: con sede principal en la ciudad de Barranquilla; su jurisdicción comprenderá el Departamento de Atlántico"".

De las funciones de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

Que según el Artículo 31 de la ley 1523 de 2015. Las Corporaciones Autónomas Regionales en el Sistema Nacional. Las corporaciones autónomas regionales o de desarrollo sostenible, que para efecto de la presente ley se denominarán las corporaciones autónomas regionales, como integrantes del sistema nacional de gestión del riesgo, además de las funciones establecidas por la ley 99 de 1993 y la ley 388 de 1997 o las leyes que las modifiquen. Apoyarán a las entidades territoriales de su jurisdicción ambiental en todos los estudios necesarios para el conocimiento y la reducción del riesgo y los integrarán a los planes de ordenamiento de cuencas, de gestión ambiental, de ordenamiento territorial y de desarrollo. (Subrayado fuera de texto).

Parágrafo 1º. El papel de las corporaciones autónomas regionales es complementario y subsidiario respecto a la labor de alcaldías y gobernaciones, y estará enfocado al apoyo de las labores de gestión del riesgo que corresponden a la sostenibilidad ambiental del territorio y, por tanto, no eximen a los alcaldes y gobernadores de su responsabilidad primaria en la...

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