Resolución número 000096 de 2023, por la cual se decide una actuación administrativa. Expediente: 300-A.A.2022-141
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Bucaramanga |
Número de Boletín | 52378 |
El Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Bucaramanga, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a decidir la presente actuación administrativa,
ANTECEDENTES:
Con Auto número 000319 de fecha 24-10-2022 se dictó Auto de Apertura número 300-A.A.2022-141, en razón a que, Evaristo Sarmiento Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 5554763, solicitó con Turno de Corrección 2022-300-3-2302 del 1010-2022, se corrija el Folio 300-181719, Anotación número 21, toda vez que al registrar la Escritura número 4964 del 30-09-2021 de la Notaría Séptima de Bucaramanga, con el turno de radicación 2022-300-6-9058 del 03-03-2022, contentiva de Adjudicación en Sucesión Partición Adicional y Liquidación de la Sociedad Conyugal, se registró en forma errada la adjudicación al adjudicatario, Evaristo Sarmiento Sierra, en un porcentaje del 50% siendo lo correcto el 100% del derecho real de dominio.
Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo.
PRUEBAS:
Mediante Auto número 000362 de fecha 21 de diciembre de 2022, se decretaron las siguientes pruebas:
Pruebas aportadas:
· Copia simple de la Escritura Pública número 4964 del 30-09-2021 de la Notaría Séptima de Bucaramanga.
Pruebas de oficio:
· Copia de la Escritura número 4964 del 30-09-2021 de la Notaría Séptima de Bucaramanga.
RESUELVE:
corregir la Anotación número 21 del Folio 300-181719, respecto del porcentaje adjudicado al señor, Evaristo Sarmiento Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 5554763, suprimiendo el 50% e incluyendo en su lugar el 100% del derecho real de dominio, como suprimir en la especificación la palabra, CUOTA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta...
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