Resolución número 0001092 de 2022, por la cual se adopta la Política de Relacionamiento con el Sector Privado para impulsar su contribución a la satisfacción de necesidades públicas en materia de salud - 30 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907295271

Resolución número 0001092 de 2022, por la cual se adopta la Política de Relacionamiento con el Sector Privado para impulsar su contribución a la satisfacción de necesidades públicas en materia de salud

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52081

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 1 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia establece dentro de los fines esenciales del Estado previstos en el artículo 2º, el facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 95 de la Carta Política establece dentro de los deberes de la persona y el ciudadano, entre otros, el obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

Que a su turno, el artículo 209 de la Carta señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Al tiempo que prescribe que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 333 de la Carta Política, la actividad económica y la iniciativa privada son libres dentro de los límites del bien común; la empresa como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones.

Que el artículo 355 de la Constitución Política contempla la posibilidad de las entidades públicas de celebrar contratos con las entidades sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad, con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional de Desarrollo.

Que el artículo 3º de la Ley 489 de 1998 establece que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia.

Que a su turno el artículo 4º de la misma norma establece que la función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política.

Que el artículo 32 de la Ley 489 de 1998 establece que todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la...

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