Resolución número 000123 de 2021, por la cual se establecen los grupos internos de trabajo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial - 14 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877147504

Resolución número 000123 de 2021, por la cual se establecen los grupos internos de trabajo de la Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial
Número de Boletín51827

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 7º, numeral 12, del Decreto número 312 de 26 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que "con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo".

Que de conformidad con el numeral 11 de la Ley 1765 de 2015, corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial "crear y organizar los grupos internos de trabajo necesarios para el funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial y designar sus coordinadores" , facultad reiterada por el numeral 7 del artículo del Decreto número 312 de 2021.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Grupos de trabajo.

La Secretaría General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, tendrá los siguientes grupos internos de trabajo:

  1. Grupo de Talento Humano

  2. Grupo Financiero

  3. Grupo de Contratos

  4. Grupo de Control Disciplinario

  5. Grupo Administrativo.

Artículo 2º Grupo de talento humano.

Corresponde al Grupo de Talento Humano de la Secretaría General, ejercer las siguientes funciones:

  1. Ejecutar las políticas, programas y proyectos relacionados con la administración del talento humano, en materia de selección, registro y control, evaluación del desempeño, proceso de liquidación de nómina(s) con sus respectivos devengados y deducciones de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos, capacitación, desarrollo del talento humano, seguridad social, salud ocupacional y bienestar social, de conformidad con las normas legales vigentes.

  2. Adelantar estudios sobre planta de personal y mantener actualizados los manuales de funciones y de competencias laborales de la Unidad y la Jurisdicción Especializada.

  3. Proyectar los actos administrativos relacionados con reintegros dictados por orden judicial, provisión de empleos, situaciones administrativas y retiros del servicio de la Unidad y la Jurisdicción Especializada.

  4. Velar por el proceso de actualización de la declaración de bienes y rentas.

  5. Realizar el control y seguimiento de la información relacionada con la jornada laboral.

  6. Asesorar y desarrollar las políticas y metodologías para la evaluación del desempeño y/o calificación de servicios de los servidores públicos de la Unidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

  7. Efectuar el seguimiento a las diferentes etapas del sistema de competencias laborales e implementar las acciones correspondientes para mantener la cultura y el clima organizacional de la entidad.

  8. Expedir las certificaciones relacionadas con la historia laboral de los servidores públicos de la Unidad.

  9. Elaborar los actos administrativos relacionados con sueldos, prestaciones sociales y demás emolumentos de los funcionarios y exfuncionarios de la Unidad y la Jurisdicción Especializada.

  10. Tramitar las comisiones de servicios y los viáticos y gastos de viaje al interior del país para los servidores públicos de la Unidad.

  11. Tramitar las comisiones de servicios al exterior para los servidores públicos de la Unidad.

  12. Diseñar y ejecutar el plan de capacitación y estímulos, de conformidad con las normas legales vigentes.

  13. Velar por el cumplimiento de los programas de salud ocupacional.

  14. Analizar, proyectar y revisar los documentos relacionados con las afiliaciones a Entidades Prestadoras de Salud, Fondos de Pensiones y Cajas de Compensación Familiar.

  15. Llevar el registro y control de las hojas de vida de los funcionarios.

  16. Elaborar el análisis del sector y los estudios del mercado, los estudios previos y demás documentos que sirvan como insumo para los procesos de contratación de los bienes y servicios a cargo del grupo.

  17. Participar en la elaboración del plan anual de adquisiciones de la Secretaría General.

  18. Participar en la elaboración de los proyectos de inversión a cargo de la Secretaría General.

  19. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y, en general, todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

  20. Las demás que le sean asignadas por el Secretario General de la Unidad, que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Artículo 3º Grupo Financiero.

Corresponde al Grupo Financiero de la Secretaría General, ejercer las siguientes funciones:

  1. Administrar, registrar y controlar el presupuesto de ingresos y gastos asignado a la Unidad.

  2. Gestionar y administrar el Programa Anual de Caja PAC asignado a la Unidad.

  3. Adelantar el proceso de preparación y registro contable de todas las operaciones que deban reflejarse en el balance de la Unidad y que incidan en la información financiera, de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación.

  4. Atender oportunamente los pagos de...

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