Resolución número 000148 de 2021, por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la entidad en materia de fiscalización aduanera - 7 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879132818

Resolución número 000148 de 2021, por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la entidad en materia de fiscalización aduanera

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51881

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de las facultades legales y en especial, las dispuestas en el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, los numerales 1 y 26 del artículo 8º, el numeral 14 y parágrafo del artículo 60 y el numeral 9 y parágrafo del artículo 61 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, crea al interior de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la Policía Fiscal Aduanera y señala que los funcionarios que la compongan podrán por delegación expresa del Director General de la DIAN adelantar procesos de fiscalización y control.

Que mediante el Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que, en la norma en comento, se otorgaron funciones a la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera para apoyar las labores propias del control aduanero, tributario y cambiario y ejercer control posterior sobre las mercancías ingresadas al territorio nacional en las vías de comunicación terrestres y en los establecimientos de comercio abiertos al público.

Que el numeral 9º del artículo 61 del referido Decreto dispuso que son funciones de la Subdirección Operativa Policial, ejercer las demás funciones que le correspondan de conformidad con la Ley, o de acuerdo a la naturaleza de la dependencia o que le sean asignadas por el Director General de la DIAN, a su vez el parágrafo señala las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera y establecimientos de comercio no abiertos al público indicando que serán ejercidos exclusivamente por los empleados públicos de la DIAN, y que cuando las circunstancias así lo exijan, previa autorización del Director General, podrán contar con el apoyo temporal de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera.

Que de conformidad con los numerales 14 y 9 respectivamente y parágrafos de los artículos 60 y 61 del Decreto 1742 de 2020, se faculta al Director General de la DIAN, para asignar funciones a la Policía Fiscal y Aduanera, mediante resolución, por el término que lo estime pertinente para las situaciones que así lo requieran.

Que teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales que...

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