Resolución número 000273 de 2023, por la cual se transfieren recursos al Banco Agrario de Colombia S. A. destinados a la indexación del subsidio familiar de vivienda de interés social y prioritario rural - 15 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 942075747

Resolución número 000273 de 2023, por la cual se transfieren recursos al Banco Agrario de Colombia S. A. destinados a la indexación del subsidio familiar de vivienda de interés social y prioritario rural

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín52488

La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 7º del Decreto Ley 890 de 2017, el artículo 103 de la Ley 2063 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Constitución Política, establece que es "deber del Estado promover el acceso progresivo de los trabajadores agrarios a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial con el fin de mejorar el ingreso y la calidad de vida de los campesinos".

Que el Decreto número 2243 de 2005, creó la Comisión intersectorial de Vivienda de Interés Social, la cual tiene como objeto, entre otras, recomendar la priorización y distribución de los recursos, orientar la ejecución de la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y recomendar los ajustes pertinentes para el logro de sus metas y objetivos.

Que el numeral 3 del artículo del Decreto número 1985 de 2013, dispone que el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, tiene dentro de sus funciones "Formular y dirigir la política de desarrollo rural con enfoque territorial en los temas relacionados con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generación de ingresos y gestión de bienes públicos rurales".

Que, para cumplir con estos objetivos, el Estado colombiano ha implementado diversas políticas y programas para la construcción y mejora de viviendas rurales, así como para el acceso a la tierra para la agricultura y la producción agropecuaria. Entre estas políticas y

programas se destaca el Programa de Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural (SFVISR), que busca mejorar las condiciones de habitabilidad de las viviendas en el campo, mediante el otorgamiento de un subsidio familiar de vivienda de interés social y prioritario rural.

Que la efectiva materialización del subsidio de vivienda de interés social y prioritario rural tiene un impacto significativo en la reducción de los niveles de pobreza en el campo colombiano. Esto se debe a que la vivienda es un factor fundamental para mejorar la calidad de vida de las familias rurales, mitigando la problemática de precarización de la ruralidad colombiana.

Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", estableció que "El Gobierno nacional diseñará un plan para la efectiva implementación de una política de vivienda rural. A partir del año 2020 su formulación y ejecución estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por lo que será esa entidad la encargada de coordinar y liderar la ejecución de los proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda encaminados a la disminución del déficit habitacional rural. Para este efecto el Gobierno nacional realizará los ajustes presupuestales correspondientes, respetando tanto el Marco de Gasto de Mediano Plazo, así como el Marco Fiscal de Mediano Plazo, y reglamentará la materia".

Que, en el actual marco transicional de competencias establecido en el precitado artículo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se encuentra abocado a culminar con buen suceso los subsidios que fueron asignados con anterioridad a la entrada en vigencia del precitado artículo, lo cual implica finalizar los proyectos de vivienda a su cargo, entre ellos, los que fueron otorgados por el Banco Agrario de Colombia S. A., en las vigencias 2017 y anteriores; garantizando de este modo la satisfacción del derecho de cada...

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