Resolución número 000411 de 2023, por medio de la cual se decide una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-1006036 y 50N-1215940. Expediente AA381 de 2022
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá |
Número de Boletín | 52488 |
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42 y 43 de la Ley 1437 de 2011 y 22 del Decreto número 2723 de 2014.
ANTECEDENTES
Mediante oficio sin radicado de fecha 28 de septiembre de 2022, el abogado calificador ABOGA238, quien tiene a su cargo la calificación del turno de documento 2022-67241 de fecha 27 de septiembre de 2022, solicita la remisión del turno a la oficina de abogados especializados con el fin de que se haga un estudio de la tradición de los folios de matrícula inmobiliaria 50N- 1006036 y 50N-1215940, en los siguientes términos:
Remito el tumo 2022-67241, con el folio de matricula 50N10G6Q36, contentivo en el acto de Venta de nuda propiedad de derechos y acciones y posesión para que se envié al Área de Especializados, esto por cuanto el folio nace de una venta de derechos y acciones de nuda anotación 1 y reserva de usufructo anotación 2, en la anotación 3 se realizó una venta derechos y acciones del cual se segrego un folio de matrícula posteriormente en la anotación 4 se realizó otra venta que no debería ir allí por cuanto el vendedor no es titular de ese folio de matrícula y folio que no se debió segregarse por su venta de derechos y acciones. .
Recibido el expediente se hace el estudio correspondiente de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-1006036 y 50N-1215940, evidenciando que efectivamente el folio de matrícula inmobiliaria 50N-1006036 describe desde su anotación uno la llamada falsa tradición, como se puede observar en la siguiente captura de pantalla:
RESUELVE:
Primero. Trasladar en el orden cronológico que corresponda la anotación 2 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-1215940 al folio de matrícula inmobiliaria 50N-1006036 adecuando el orden según corresponda, de conformidad con lo descrito en este proveído y realizando las salvedades de ley.
Segundo. Cerrar el folio de matrícula inmobiliaria 50N-1215940 de conformidad con lo descrito en este proveído y realizar las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.
Tercero. Modificar el código registral de la anotación 3 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-1006036 a "0607" compraventa de derechos y acciones e incluir en el comentario lo siguiente: "sobre un área de 11.100 m2", de conformidad con lo descrito en este proveído y realizando las salvedades de ley.
Cuarto. Notif...
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