Resolución número 000426 de 2023, por medio de la cual se suspende el reparto y redistribuye la carga laboral de unos despachos de la Ley 522 de 1999, que adelantan los procesos contra el personal uniformado de las Fuerzas Militares - 4 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 937445667

Resolución número 000426 de 2023, por medio de la cual se suspende el reparto y redistribuye la carga laboral de unos despachos de la Ley 522 de 1999, que adelantan los procesos contra el personal uniformado de las Fuerzas Militares

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial
Número de Boletín52446

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, numerales 2 y 9 del artículo 54 y artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, numerales 2, 9 y 10 del artículo 7º del Decreto número 312 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que los numerales 2 y 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 20151 establecen entre las funciones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las de "Adoptar y proponer según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar y Policial se imparta oportuna y eficazmente", y "Expedir (...) resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Justicia Penal Militar y Policial".

Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015 determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial redistribuir la carga laboral de los Juzgados de Instrucción Penal Militar, precisando que las investigaciones podrán ser asumidas por los Juzgados de esta denominación, respetando la especificidad dentro de lo militar o policial del miembro de la Fuerza Pública investigado, independientemente del lugar donde hayan ocurrido los hechos.

Que la Justicia Penal Militar y Policial se encuentra surtiendo el tránsito del esquema procesal de la Ley 522 de 1999 al Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA) dispuesto en la Ley 1407 de 2010-, conforme al cronograma de implementación establecido en el Decreto número 1768 de 20202.

Que el citado decreto establece que la segunda fase de implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio comprende los departamentos de Boyacá, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Quindío, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca, la cual iniciará de forma definitiva el 1º de julio de 2023; por tanto, con Resoluciones números 000329 y 000330 del 14 de junio de 2023 se activaron los Juzgados y Fiscalías Penales Militares Delgadas que atenderán el nuevo esquema procesal en estas zonas.

Que con ocasión de la entrada en operación de los nuevos despachos en el SPOA, se hace necesaria la desactivación paulatina de los Juzgados y Fiscalías Penales...

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