Resolución número 000477 de 2016, por la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-843623 Exp. 109 de 2013 - 14 de Junio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 683138849

Resolución número 000477 de 2016, por la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-843623 Exp. 109 de 2013

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50264

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la ley 1437 de 2011, y 22 del Decreto 2723 de 2014,

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Primero. Negar la solicitud contenida en el Derecho de petición radicado como turno de corrección C2013-2023, por el señor Pedro Inael Layton Caviedes, actuando en calidad de apoderado judicial de la sociedad Financiera Andina S.A., hoy Banco Finandina S.A., conforme a lo expuesto en el presente proveído.

Segundo. Suprimir las "X" de propietario de las Anotaciones número 7, 8 y 9 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-843623, de acuerdo a lo esbozado anteriormente. Efectúense las salvedades de ley.

Tercero. Insertar en la casilla de comentario de la Anotación número 8 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-843623 la frase "Agotamiento de Área". Efectúense las salvedades de ley.

Cuarto. Notificar personalmente esta resolución al señor Pedro Inael Layton Caviedes, actuando en calidad de apoderado judicial de la sociedad Financiera Andina S.A., hoy Banco Finandina S.A.; de no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo de Contencioso Administrativo) y como quiera que la decisión aquí adoptada puede afectar en forma directa e inmediata a terceros indeterminados que no han intervenido en esta actuación, y a determinados de quienes se desconozca su domicilio, la parte resolutiva de este acto deberá publicarse en la página electrónica de la entidad y en el Diario Oficial. (Artículo 73 ibídem).

Quinto. Comunicar el contenido de este acto administrativo al Juzgado Civil del Circuito de Funza, en cuyo Despacho obra el proceso Ejecutivo Mixto de referencia 1999-253. Compulsar copia y oficiar.

Sexto. Contra el presente...

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