Resolución número 000648 de 2023, por la cual se modifica el artículo 26 de la Resolución número 3100 de 2019 en el sentido de ampliar un plazo a los prestadores de servicios de salud - 28 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 930662761

Resolución número 000648 de 2023, por la cual se modifica el artículo 26 de la Resolución número 3100 de 2019 en el sentido de ampliar un plazo a los prestadores de servicios de salud

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52379

La Ministra de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por los artículos 173, numeral 3, de la Ley 100 de 1993, 56 de la Ley 715 de 2001 y numeral 13 del artículo 2º del Decreto ley 4107 de 2011 y en desarrollo de los capítulos 1, 2, 3 y 7 del Título I de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 3100 de 2019, este Ministerio definió los procedimientos y las condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud, y adoptó el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud, el cual hace parte integral del citado acto administrativo.

Que el artículo 26 de la Resolución número 3100 de 2019 fue modificado a través de la Resolución número 2215 de 2020, determinando, entre otros aspectos, que este Ministerio, el 1º de marzo de 2021, pondría a disposición el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) actualizado, momento a partir del cual los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS con servicios habilitados, contarían con seis (6) meses para actualizar por única vez el portafolio de servicios y realizar la autoevaluación de las condiciones de habilitación allí definidas, plazo que fue ampliado mediante las Resoluciones números 1317 de 2021 y 1138 de 2022.

Que la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio evidenció que con corte al 20 de abril de 2023, 10.545 sedes de prestadores de servicios de salud aún no han realizado la actualización del portafolio de servicios, así como la autoevaluación de las condiciones de habilitación, lo que equivale a 12,47% sedes pendientes, tal como consta en el documento "Análisis de Sedes de Prestadores de Servicios de Salud que han Actualizado el Portafolio de Servicios y la Declaración de Autoevaluación de Servicios de Salud, en Cumplimiento de la Resolución número 3100 de 2019 y 2215 de 2020".

Que, en razón a lo anteriormente expuesto, se ampliará en dos (2) meses el plazo para que los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS actualicen el portafolio de servicios y realicen la autoevaluación de las condiciones de habilitación definidas en la Resolución número 3100 de 2019, pasando de seis (6) a ocho (8) meses, y así garantizar la continuidad en la prestación del servicio de salud a la población del país bajo los estándares que hacen parte de los diversos componentes del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquese

el artículo 26 de la Resolución número 3100 de 2019, modificado por los artículos 2º de la Resolución número 2215 de 2020, de la Resolución número 1317 de 2021...

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