Resolución número 000652 de 2022, por la cual se crea y se establece, el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial - 26 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 917887714

Resolución número 000652 de 2022, por la cual se crea y se establece, el reglamento de funcionamiento del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial
Número de Boletín52259

El Director General de la Unidad Administrativa de la Justicia Penal Militar y Policial, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015, adicionada por el artículo 4º Decreto 648 De 2017, el numeral 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015, los numerales 8, 13 y 32 del artículo 7º del Decreto 312 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 19931 establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización.

Que el artículo 2.2.21.1.5 del Capítulo 1 del Título 21 del Decreto 1083 de 20152, adicionado por el 4º del Decreto 648 de 20173 y dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de control interno.

Que el artículo 2.2.23.1 del Decreto 1083 de 2015 señala que el Sistema de Control Interno se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno - MECI.

Que con resolución número 000028 del 25 de agosto 2022, se adoptó en la Entidad el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

Que el Decreto 1070 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Defensa, establece en su artículo 1.1.2.1 que el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, es un órgano de Asesoría y Coordinación del Sector Defensa.

Que el numeral 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015 y el numeral 13 del artículo del Decreto 312 de 2021, facultan al Director General como representante legal de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, para expedir entre otros, procesos, procedimientos y actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Jurisdicción Especializada.

Que a su vez el numeral 32 del artículo del Decreto 312 de 2021, dispone que al Director General le corresponde crear, conformar y asignar funciones mediante acto administrativo a los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo eficiente de las funciones de la Unidad.

Que, en cumplimiento de las disposiciones legales enunciadas, es necesario crear, integrar y asignar funciones al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, asignarle funciones y fijar su reglamento de funcionamiento.

1 "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones."

2 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública."

3 "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública"

Que en merito expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO 1 Artículos 1 y 2

Disposiciones generales

Artículo 1º Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

Crear el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

Artículo 2º Naturaleza del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno es un órgano de asesoría y decisión en los asuntos de control interno de la Unidad Administrativa Especial de Justicia Penal Militar y Policial.

En su rol de responsable y facilitador, hace parte de las instancias de articulación para el funcionamiento armónico del Sistema de Control Interno.

CAPÍTULO 2 Artículos 3 a 8

Integración y funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control

Interno

Artículo 3º Integración del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno está integrado por:

  1. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Justicia Penal Militar y Policial, quien lo presidirá

  2. El Secretario General

  3. El Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica

  4. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación

  5. El Director de la Escuela de la Justicia Penal Militar y Policial

Parágrafo 1º. El Jefe de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial participará en el Comité con voz, pero sin voto y ejercerá la secretaría técnica.

Parágrafo 2º. Serán invitados a participar de manera ocasional al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, con voz, pero sin voto, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y los servidores judiciales o invitados que estime conveniente el presidente del Comité, en atención a la naturaleza de los temas que se proponga tratar.

Artículo 4º Funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

Son funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las siguientes:

  1. Evaluar el estado del Sistema de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial y aprobar las modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento del sistema a partir de la normativa vigente, de los informes presentados por el jefe de control interno, de los organismos de control y de las recomendaciones de otras instancias institucionales, como el Comité Institucional de Gestión y Desempeño u otros que suministren información relevante para la mejora del sistema.

  2. Aprobar el Plan Anual de Auditoría de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial presentado por el jefe de control interno o...

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