Resolución número 0008 de 2015, por la cual se prorroga el término establecido en el inciso 1º del artículo 42 de la Resolución número 0001 del 8 de enero de 2015 - 2 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 577091494

Resolución número 0008 de 2015, por la cual se prorroga el término establecido en el inciso 1º del artículo 42 de la Resolución número 0001 del 8 de enero de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Consejo Nacional de Estupefacientes
Número de Boletín49561

El Consejo Nacional de Estupefacientes, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal e) del artículo 91 de la Ley 30 de 1986 y 29 del Decreto Legislativo 1146 de 1990 adoptados como legislación permanente por el artículo 4º del Decreto 2272 de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que el literal a) del artículo 91 de la Ley 30 de 1986 dispone que es función del Consejo Nacional de Estupefacientes formular las políticas, planes y programas que deben adelantar las entidades públicas en el marco de la lucha contra la producción, comercio y uso de drogas que generen dependencia.

Que el literal g) del artículo 93 de la Ley 30 de 1986 establece como función de la oficina de

Estupefacientes del Ministerio de Justicia expedir el certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes a las personas que adelanten trámites ante el Incomex y el Ministerio de Salud para el consumo o distribución de éter etílico, acetona, cloroformo, ácido clorhídrico, ácido sulfúrico, amoniaco, permanganato de potasio, carbonato liviano y disolvente o diluyente para barnices.

Que el artículo 29 del Decreto número 1146 de 1990 faculta al Consejo Nacional de Estupefacientes para que mediante resolución, y cuando lo estime necesario, prohíba o restrinja el almacenamiento, conservación o transporte de las sustancias que trata el artículo 1º de dicho decreto en ciertos sectores del territorio nacional.

Que el artículo 4º del Decreto número 2272 de 1991 adoptó como legislación permanente el artículo 29 del Decreto Legislativo 1146 de 1990.

Que en virtud de la normatividad citada, el Consej o Nacional de Estupefacientes expidió la

Resolución número 0001 del 8 de enero de 2015, por la cual se unifica y actualiza la normatividad sobre el control de sustancias y productos químicos.

Que en el Capítulo V de la Resolución número 0001 de 2015 el CNE creó el Sistema de Información para el Control de Sustancias y Productos Químicos (Sicoq) y estableció la obligación de registrar todos los movimientos y transacciones de las sustancias y productos químicos autorizados a las personas naturales y jurídicas.

Que en el inciso 1º del artículo 42 de la misma resolución, estableció que las personas naturales o jurídicas titulares de las autorizaciones expedidas que se encuentran vigentes, continuarán llevando sus registros de movimientos mientras se inicia la implementación del...

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