Resolución número 00102 de 2016, por la cual se modifica la Resolución número 0924 de 2015 - 27 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 601050694

Resolución número 00102 de 2016, por la cual se modifica la Resolución número 0924 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín49799

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política, La Ley 909 de 2004, el numeral 13 del artículo del Decreto número 4801 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 0924 del 22 de diciembre de 2015, se implementó y adoptó el Sistema de Medición del Rendimiento Laboral de los funcionarios vinculados en provisionalidad y temporalidad a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

Que se hace necesario modificar el artículo 3º de la Resolución 924 de 2015, en el sentido de excluir a la Oficina de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas del componente humano de la implementación del Sistema de Medición del Rendimiento Laboral por Resultado.

Que de igual manera se modificará el artículo 6º, de la citada resolución, en el sentido que se realizará la evaluación del rendimiento dentro de los dos meses siguientes al término del período establecido para cada clase de evaluación.

Que de otra parte es importante establecer dos momentos cruciales dentro de la evaluación del rendimiento laboral, y estos son: la Fijación de los Compromisos del Rendimiento Laboral y la Calificación Definitiva del Período Evaluado.

Que teniendo en cuenta que en el Plan de Acción de las dependencias de la Unidad no se puede verificar el impacto que cada uno de los servidores públicos generan al mismo, no es posible tenerlo en cuenta como factor al momento de la calificación definitiva de la Evaluación del Rendimiento Laboral de los funcionarios vinculados en provisionalidad y temporalidad a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

Que al ser la Evaluación del Rendimiento Laboral un sistema propio adoptado por la Entidad y teniendo en cuenta que no se vulnera el derecho de contradicción, debido proceso y derecho a la defensa a los servidores públicos de la Entidad, frente a la evaluación definitiva procederá únicamente el recurso de reposición ante el Jefe Inmediato del Evaluado, que deberá contar con las herramientas e instrumentos necesarios que le permitan sustentar de manera la decisión adoptada.

Que en este orden de ideas, se hace necesario realizar unas modificaciones a la Resolución número 0924 de 2015, de acuerdo con los argumentos señalados en los considerandos anteriores.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1 Modificar el artículo 3º de la Resolución número 0924 de 2015, el cual quedará así:

"Artículo 3º. Componente humano implementación del sistema de medición del rendimiento laboral por resultados. Son responsables de administrar y participar en la aplicación y ejecución de la implementación del Sistema de Medición del Rendimiento Laboral por Resultados de los funcionarios vinculados en provisionalidad y temporalidad de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, los siguientes servidores públicos:

Director General de la UnidadAdministrativa EspecialUnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas

a) Implementar y desarrollar el Sistema de Evaluación del Rendimiento Laboral orientado al desarrollo integral de los servidores públicos sujetos de evaluación, enfocado a los procesos de desarrollo institucional permanente;

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