Resolución número 001097 de 2016, por medio de la cual se adopta la decisión administrativa de suspender la atención al usuario, recibo y envío de correspondencia, notificaciones y los términos procesales en las actuaciones de carácter administrativo que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud - 21 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 636298393

Resolución número 001097 de 2016, por medio de la cual se adopta la decisión administrativa de suspender la atención al usuario, recibo y envío de correspondencia, notificaciones y los términos procesales en las actuaciones de carácter administrativo que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49851

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo del Decreto 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1º del artículo 7º, como función del Superintendente Nacional de Salud, "dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden".

Que con ocasión de los hechos de público conocimiento acaecidos en la noche del pasado miércoles 20 de abril en las instalaciones del Centro de Atención al Ciudadano (CAC) de la Sede Principal de la Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la Avenida Ciudad de Cali número 51- 66, Local 10 del edificio World Business Center de la ciudad de Bogotá, D. C., se generaron un sinnúmero de daños principalmente en el CAC y en otras dependencias en donde funciona y presta los servicios la Superintendencia Nacional de Salud en la ciudad de Bogotá, D. C.

Que los anteriores hechos implican la inmediata interrupción del normal funcionamiento de la entidad, principalmente en la atención directa a los usuarios, recepción y envío de correspondencia, notificación de actuaciones administrativas emanadas al interior de la entidad, motivo por el cual es imperioso suspender por un término prudencial y razonable la atención al usuario en la ciudad de Bogotá, D.C., trámites de notificación, así como los términos procesales derivados de las actuaciones administrativas que se adelantan al interior de la Superintendencia, hasta que se logre contar con la logística e instalaciones necesarias para llevar acabo la atención al usuario y el manejo documental de recepción y envío de correspondencia.

Que de manera consecuente no se prestará...

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