Resolución numero 00117 de 2023, por medio de la cual se reglamenta y conforma la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos - 13 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 926804472

Resolución numero 00117 de 2023, por medio de la cual se reglamenta y conforma la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín52335

La Fiscal General de la Nación (A), en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el

Decreto Ley 898 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 250 de la Constitución Política establece que la Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal, y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito.

Que el numeral 3 del artículo 251 de la Constitución Política modificado por el artículo 3º del Acto Legislativo 03 de 2002, prevé que el Fiscal General de la Nación puede "[a]sumir directamente las investigaciones y procesos, cualquiera que sea el estado en que se encuentren, lo mismo que asignar y desplazar libremente a sus servidores en las investigaciones y procesos".

Que el numeral 1 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014 dispone que el Fiscal General de la Nación está encargado de "[f]ormular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley".

Que el numeral 6 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014 dice que el Fiscal General de la Nación está facultado para "[f]ormular políticas y fijar directrices para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, las cuales, en desarrollo de los principios de unidad de gestión y jerarquía, son vinculantes y de aplicación obligatoria para todas las dependencias de la entidad".

Que el numeral 19 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014 indica que al Fiscal General de la Nación le corresponde "[e]xpedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la Organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación."

Que el numeral 25 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014 expresa que una de las funciones del Fiscal General de la Nación es "[c]rear, conformar, modificar o suprimir secciones, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación."

Que, en igual sentido, el artículo 45 del Decreto Ley 016 de 2014 dispone que "[p]ara el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas.".

Que la Ley 1273 de 2009 estableció que la protección de la información y de los datos es un nuevo bien jurídico tutelado y, consecuencialmente, penalizó las conductas que atentan (i) contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos; y (ii) otras infracciones que pueden cometerse a través de medios tecnológicos.

Que el artículo 68 de la Ley 2197 de 2022 creó la Dirección Especializada contra los Delitos Informáticos, adscrita a la Delegada Contra la Criminalidad Organizada, "la cual tendrá como función principal liderar la investigación y judicialización de los delitos informáticos y las demás conductas delictivas conexas o relacionadas, sin perjuicio de la competencia de las Direcciones Seccionales sobre la materia.".

Que, mediante la Resolución 0-1159 del 5 de noviembre de 2020, el Fiscal General de la Nación adoptó el Direccionamiento Estratégico 2020-2024 "Resultados en la calle y en los territorios". A través de este instrumento fijó la misión, visión y los objetivos estratégicos que orientan la gestión de la entidad, así como las estrategias para alcanzarlos.

Que el Direccionamiento Estratégico 2020-2024 "Resultados en la calle y en los territorios" fija como uno de sus objetivos estratégicos "contribuir al desmantelamiento de las organizaciones criminales, incluidas las estructuras emergentes, y sus economías ilícitas".

Que, para el adecuado logro de los objetivos definidos en el Direccionamiento Estratégico 2020-2024 "Resultados en la calle y en los territorios", la entidad tiene tres ejes rectores que deben permear toda la actividad investigativa de la entidad. Estos son: itinerancia, concentración de actividades investigativas y articulación. A partir de estos principios, y bajo una visión territorial, la Fiscalía General de la Nación busca impactar a las estructuras que delinquen a nivel nacional y los diferentes fenómenos criminales, dentro de los cuales están los delitos informáticos, según lo previsto en la Ley 1273 de

2009.

Que, para afianzar lo establecido en el Direccionamiento Estratégico 2020-2024 "Resultados en la calle y en los territorios", y con el objetivo de liderar la investigación y judicialización de los delitos informáticos en todas las regiones del país, es necesario conformar y reglamentar las funciones de la Dirección Especializada contra los Delitos Informáticos para que ejerza, bajo una metodología específica y con un enfoque de priorización, las acciones pertinentes para determinar la responsabilidad penal de los

involucrados y procurar la reparación del daño económico causado por la comisión de esos ilícitos.

En mérito de lo expuesto, el Fiscal General de la Nación,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Disposiciones generales

Artículo 1º Objeto

La .

presente resolución tiene por objeto conformar la Dirección Especializada contra los Delitos Informáticos, adscrita a la Delegada Contra la Criminalidad Organizada; establecer sus funciones; determinar los asuntos de su competencia; fijar reglas para la articulación con otras dependencias del área misional; y dictar otras disposiciones.

Artículo 2º Finalidad.

La Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos tiene como objetivo desarticular y/o afectar la criminalidad informática y sus fenómenos delictivos relacionados o conexos, con enfoque en el impacto de los componentes estratégicos de las organizaciones criminales involucradas en dichas conductas. Lo anterior, a partir de una metodología de analítica, de esclarecimiento, de sostenibilidad, y de consolidación investigativa. Para ello, realizará actividades investigativas y de análisis que aborden las situaciones y los fenómenos criminales priorizados. Esto, en articulación constante con las estrategias de caracterización e impacto de estructuras criminales, y con la Delegada para las Finanzas Criminales y sus dependencias adscritas.

Artículo 3º Principios.

Las actuaciones adelantadas por la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos deberán regirse por los principios de legalidad, suficiencia probatoria, autonomía e independencia de los fiscales delegados, unidad de gestión y jerarquía, celeridad, economía, eficacia y eficiencia.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 11

Conformación de la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos

Artículo 4º Conformación.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos contará con un (a) Director(a), los fiscales delegados y los demás servidores públicos adscritos a la misma, lo cual incluye a quienes desempeñen sus labores en las diferentes regiones del país.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 2197 de 2022, la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos tendrá la siguiente estructura:

1. Despacho del Director(a) Especializado(a) Contra los Delitos Informáticos.

1.1. Grupos de trabajo para el apoyo a las labores de la Dirección Especializada Contra los Delitos Informáticos.

1.1.1.Grupo de trabajo para el apoyo administrativo.

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