Resolución número 001321 de 2023, por medio de la cual se aprueban unos diseños y planos de obras de control de caudales de la corriente (Acequia El Cequión) de la quebrada La Medina - 12 de Junio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 935940605

Resolución número 001321 de 2023, por medio de la cual se aprueban unos diseños y planos de obras de control de caudales de la corriente (Acequia El Cequión) de la quebrada La Medina

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín52424

La Subdirectora de Regulación y Calidad Ambiental (e) de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena en ejercicio de las funciones señaladas en la Ley 99 de 1993, y en especial las conferidas por la dirección general según Resoluciones números 4041 de 2017, modificada bajo las Resoluciones números 104 de 2019, 466 de 2020, 2747 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Mediante escrito bajo el radicado CAM número 20223100310602 del 17 de noviembre del 2022, los usuarios de la Octava Derivación Sexta Derecha y Decima Derivación Cuarta Izquierda de la quebrada San Isidro; con dirección de notificación Calle 16 # 5-60 Campoalegre, Huila y con correo electrónico raulcely2017@gmail.com, realiza la entrega formal de los cálculos y diseños de la obra de control de caudal, en cumplimiento del artículo segundo y tercero de la Resolución CAM número 4155 del 31 de diciembre de 2018.

Que mediante un Oficio de Requerimiento con radicado CAM número 20231020002741, se solicita presentar las copias de los planos exigidas por la corporación, radicándolos de forma presencial, anexando el Certificado Copnia actualizado al año 2023. Mediante radicado CAM número 20233100043342 se da oportuna respuesta al requerimiento presentado lo solicitado.

Que mediante estudio preliminar se revisó los usos existentes sobre la quebrada San Isidro y sus principales afluentes, que discurren por el municipio de Campoalegre (H.), concluyéndose la necesidad de reglamentar dicha corriente, debido a que la mayoría de los usuarios no cuentan con permiso de concesión de aguas y a la necesidad de ajustar la demanda a la oferta hídrica disponible.

Que en atención a lo anterior y en especial a lo dispuesto en el Decreto 1076 de 2015, se ordenó adelantar los estudios para la reglamentación de los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente San Isidro y sus principales afluentes, que discurren por el municipio de Campoalegre, en el departamento del Huila, mediante Resolución número 3984 del 9 de diciembre de 2016, emanada de la Subdirección de Regulación y calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM).

Que el Proyecto Final de Distribución de Caudales de la quebrada San Isidro, quebrada Las Tapias y quebrada La Cumbimba, es acogido por la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental por competencia.

Que en el Estudio de Reglamentación de la quebrada San Isidro y sus principales afluentes, que discurren por el municipio de Campoalegre (H), generado de oficio a partir de la consolidación del trabajo efectuado por profesionales de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, en el marco del desarrollo de sus actividades contractuales de seguimiento al recurso hídrico, se destaca lo siguiente:

La quebrada San Isidro y sus principales afluentes, son corrientes de uso público que se localizan en el municipio de Campoalegre.

La quebrada San Isidro tiene una demanda total de 104.00 lps en invierno y 80.00 lps en verano, y una oferta hídrica superficial disponible de 104.00 lps en invierno y 80.00 lps en verano; de esta manera se tiene que el índice de escasez de esta corriente para las dos épocas climáticas equivale al 100%, encontrándose en la categoría Alta.

Que la reglamentación que se expide por la presente resolución implica concesiones para los beneficiarios quienes deben cumplir las obligaciones previstas en el artículo 133 del Decreto 2811 de 1974 y artículos 2.2.3.2.9.9 y 2.2.3.2.24.4 del Decreto 1076 de 2015. Que la presente Reglamentación podrá ser revisada por la Autoridad Ambiental de oficio o a solicitud de parte interesada cuando hayan cambiado las condiciones y circunstancias que se tuvieron en cuenta para efectuarla.

Que la Dirección General mediante Resolución CAM número 4041 del 21 de diciembre de 2017, otorgó a la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental la facultad de revisar y/o reglamentar el uso de las aguas de las corrientes de uso público que discurren en jurisdicción del departamento del Huila, cuya competencia corresponde a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena.

RESUELVE:

Artículo 1º Reglamentar el Uso y aprovechamiento de las aguas de la quebrada San Isidro y sus principales afluentes quebrada Las Tapias, y quebrada La Cumbimba, que discurren por el municipio de Campoalegre, en el departamento del Huila y se otorga las concesiones de agua superficial, conforme al siguiente cuadro de reparto y turnos, a saber:

Tabla 1. cuadro de distribución Resolución reglamentaria 4155 del 31 de diciembre de 2018 de la quebrada San Isidro.

Ilustración 1. Concesión de agua Superficial Octava Derivación Sexta Derecha - según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

Ilustración 2. Concesión de agua Superficial Octava Derivación Sexta Derecha - según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

Ilustración 3. Concesión de agua Superficial Decima Derivación Cuarta Izquierda -según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

Ilustración 4. Concesión de agua Superficial Decima Derivación Cuarta Izquierda -según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

Ilustración 5. Concesión de agua Superficial Decima Derivación Cuarta Izquierda -según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

Ilustración 6. Concesión de agua Superficial Decima Derivación Cuarta Izquierda -según Resolución número 4155 del 31 de diciembre de 2018 de quebrada San Isidro.

2. ASPECTOS TÉCNICOS EVALUADOS

En virtud del cumplimiento de la Resolución número 4155 del 31 de diciembre de

2018;

Artículo 2º "Los usuarios de las aguas de la quebrada San Isidro y sus principales afluentes quebrada Las Tapias, y quebrada La Curnbirnba, quedan obligados a construir las obras hidráulicas...

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