Resolución número 0021 de 2024, por la cual se establece el Puesto de Mando Unificado del Sector Agropecuario (PMU Agro) para la prevención, atención y recuperación de la Emergencia Natural causada por el Fenómeno de El Niño y se dictan otras disposiciones - 31 de Enero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1005548975

Resolución número 0021 de 2024, por la cual se establece el Puesto de Mando Unificado del Sector Agropecuario (PMU Agro) para la prevención, atención y recuperación de la Emergencia Natural causada por el Fenómeno de El Niño y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín52655

La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 208 de la Constitución Política de 1991, 58 y 61 literal c) de la Ley 489 de 1998 y el numeral 11 del artículo 6° del Decreto número 1985 de 2013 y,CONSIDERANDO:Que en atención a las directrices emitidas por el señor Presidente de la República y conforme a lo dispuesto en la Ley 2294 de 2023 “por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, se instala el Puesto de Mando Unificado del Sector Agropecuario (PMU Agro), para la prevención, atención y recuperación de la Emergencia Natural causada por el Fenómeno de El Niño, ante la necesidad de preparación del país frente al cambio climático y la necesidad de hacer frente a los efectos del Fenómeno de El Niño, los cuales incluyen: variaciones en el rendimiento de algunos cultivos; disminución del caudal de los ríos; aumento en el riesgo de incendios forestales; posibles racionamientos de agua tanto para riego como para consumo humano y animal; posible especulación y usura en el precio de los alimentos, amenazas a la seguridad y soberanía alimentaria, entre otros.Que, es imperativo que las Entidades del orden nacional y departamental, en virtud al principio constitucional de colaboración armónica, articulen esfuerzos para hacer frente a los factores de riesgo que afectan tanto a la población como a los ecosistemas, cuya coordinación efectiva entre las diferentes Entidades es crucial y necesaria. Al respecto, vale la pena señalar que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 2° señala que, son fines del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.Que, el artículo 2o de la Ley 1523 de 2012 “por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones ”, dispone que es responsabilidad de las entidades públicas, privadas y comunitarias, desarrollar y ejecutar procesos de gestión del riesgo, desde el marco de sus competencias.De igual manera, con el Decreto número 037 del 27 de enero de 2024 “por el cual se declara una situación de desastre nacional en todo el territorio nacional” se declaró el estado de emergencia por los efectos del Fenómeno del Niño, que cuenta con una sala de Crisis del orden nacional intersectorial...

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