Resolución número 002424 de 2016, por medio de la cual se suspende la atención al usuario, en la Regional, Chocó de la Superintendencia Nacional de Salud - 18 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 647413029

Resolución número 002424 de 2016, por medio de la cual se suspende la atención al usuario, en la Regional, Chocó de la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49969

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo del Decreto 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1 del artículo 7º, como función del Superintendente Nacional de Salud, "dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden".

Que a propósito de los hechos acaecidos en el departamento del Chocó, sus treinta (30) municipios y en especial en su capital Quibdó, relacionados con el paro cívico decretado por la sociedad civil, lo cual, ha generado el cierre de los establecimientos de comercio, educativos y diferentes despachos de entidades estatales del orden nacional y departamental, se hace necesario tomar medidas para preservar la integridad de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de Salud.

Que los anteriores hechos implican la inmediata interrupción del normal funcionamiento de la Sede Regional de la Superintendencia Nacional de Salud en la ciudad de Quibdó, principalmente en la atención al usuario, recepción y envió de correspondencia, motivo por el cual es imperioso suspender por un término prudencial la atención al usuario en la Regional Quibdó, hasta que garantice el normal funcionamiento, medida encaminada exclusivamente a proteger el personal que allí labora, como precaver cualquier daño contra las instalaciones de la entidad.

Que de manera consecuente no se prestará el servicio en la sede regional Chocó, ubicada en la ciudad de Quibdó, Carrera 9 número 25-03 barrio Alameda Reyes. Sector Chamblum.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Suspender

la atención al usuario en...

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