Resolución número (0026-2023) md-dimar-cp01-alitma de 2023, por la cual se otorga al Astillero Naval Ely Valencia renovación concesión para la continuación del funcionamiento como Astillero, sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura - 11 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 939250925

Resolución número (0026-2023) md-dimar-cp01-alitma de 2023, por la cual se otorga al Astillero Naval Ely Valencia renovación concesión para la continuación del funcionamiento como Astillero, sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín52453

El Capitán de Puerto, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 38 del Decreto Ley 091 de 2007 y el numeral 3 del artículo 2º de la Resolución número 0358 del 29 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la señora Ely Valencia Mosquera, identificada con cédula de ciudadanía número 31373463 de Buenaventura, representante legal del Astillero Naval Ely Valencia, identificada con NIT 31373463-1, solicitó mediante oficio número 292022112278 del 11 de noviembre de 2022 la renovación de concesión para el desarrollo de un proyecto denominado Astillero Naval Ely Valencia, localizado en la ciudad de Buenaventura, en el departamento del Valle del Cauca.

Que con la solicitud formal fueron aportados los siguientes documentos:

· Oficio emitido por la Oficina asesora de planeación y ordenamiento territorial del 7 de septiembre de 2022. Por medio del cual se certifica que el terreno donde se encuentra el Astillero Naval Ely Valencia no tiene proyecto alguno de carácter público, en el mediano y largo plazo, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo número 015 de agosto 28 de 1989(División Territorial Municipal), Acuerdo número 3 de mayo de 2001(Plan de Ordenamiento Territorial) Acuerdo número 07 de abril 30 de 2014 (localidades urbanas y suburbanas) y el acuerdo 10 de noviembre 17 de 2016 (nomenclatura oficial).

· Oficio número 202302000003101 del 10 de marzo de 2023, emitido por Establecimiento Público Ambiental del distrito de Buenaventura, por medio del cual se considera que, el Astillero "Ely Valencia Mosquera" no requiere licencia ambiental o Plan de Manejo Ambiental.

· Memorando número DDVDT-2022-000145 del 19 de julio de 2022 en el cual se informa que, dicha área no interfiere con los proyectos que viene desarrollando en este momento la nación, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

· Oficio MT número 20225000890141 del 8 de agosto de 2022, del Ministerio de Transporte, por medio de la cual la Dirección de Infraestructura indicó mediante Certificación número 045-GII-DIRINFRA-2022 que en la actualidad las zonas de uso público solicitadas, NO se encuentran concesionadas por la Agencia Nacional de Infraestructura. Así mismo NO se tiene en trámite ninguna solicitud de concesión portuaria en la zona indicada bajo la administración de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

· Certificado de Existencia y Representación de la empresa Astillero Ely Valencia Mosquera con NIT 31373463-1, otorgado por la Cámara de Comercio de Buenaventura.

· Oficio número 410-2022 del 8 de junio de 2022, por medio del cual el Ministerio de Cultura certificó que: El Astillero Naval Ely Valencia, ubicado en la calle 6 número 25-88, en el Distrito de Buenaventura (Valle del Cauca), no cuenta con declaratoria de bien de interés cultural del ámbito nacional, ni se encuentra en zona de influencia de algún BIC Nal.

· Recibo de pago correspondiente al valor de trámite de concesión. La solicitud cuenta con el Recibo de Pago número 5012022027933 del 8 de noviembre de 2022 correspondiente al valor del trámite equivalente a 115 UVT (Unidad de Valor Unitario), acuerdo lo establecido en la Resolución número 0307-2020 MD-

DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020.

· Memoria descriptiva del proyecto.

· Estudio oceanográfico del área de estudio y ubicación del proyecto.

Que mediante Oficio número 11202202630 del 20 de diciembre de 2022, se informa que el trámite se encuentra incompleto por no aportar el certificado del trámite del Ministerio del Interior.

Que la señora Ely Valencia Mosquera, identificada con cédula de ciudadanía número 31373463 de Buenaventura, representante legal del Astillero Naval Ely Valencia identificada con NIT 31373463-1, anexa Resolución ST-0159 de 24 febrero de 2023 del Ministerio del Interior, donde se especifica lo siguiente:

· Resolución número ST-0159 de 24 febrero de 2023 por medio del cual el Ministerio del Interior resuelve que: PRIMERO, que no procede la consulta previa con comunidades indígenas, para el proyecto: "Astillero Naval Ely Mosquera", localizado en jurisdicción del Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura. SEGUNDO, que no procede la consulta previa con comunidades negras, raizales y palenqueras, para el Proyecto "Astillero Naval Ely Mosquera".

Que se realizó la verificación de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes y otros delitos conexos, para el uso y goce de los bienes de uso público, al representante legal del Astillero Naval Ely Valencia, con NIT 31373463-1, con respuesta favorable vigente hasta el 16 de febrero de 2028, conforme lo establecido en el artículo 79, del Decreto Ley número 19 de 2012.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 2324 de 1984, una vez recibidos los documentos a los que se hace alusión en el artículo 169 ibídem, la Dirección General Marítima procederá a la publicación de edictos en la página web de la entidad, en el lugar donde esté ubicado el terreno materia de la solicitud por el término de veinte (20) días, así como la publicación de los mismos a costa de los interesados en la prensa local, por una vez durante dicho término. Lo anterior para los efectos del artículo 173 del Decreto Ley 2324 de 1984 y la Resolución número 008-2021 MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020, referido a las oposiciones.

Que el 14 de abril de 2023, la Capitanía de Puerto de Buenaventura fijó el edicto en la página web de la Dirección General Marítima, por el término de veinte (20) días hábiles, siendo desfijado el 3 de mayo de 2023 y en el lugar donde está ubicado el terreno de la solicitud, y publicados en el diario El País, el día 21 de abril de 2023, conforme lo establece el artículo 171 del Decreto Ley 2324 de 1984 y la Resolución número 008-2021

MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020.

Que la señora Ely Valencia Mosquera, identificada con cédula de ciudadanía número 31373463 de Buenaventura, Representante Legal del Astillero Naval Ely Valencia identificada con NIT 31373463-1, mediante oficio número 112023102031 del 2 de mayo de 2023, anexa la publicación del edicto en El País, el día 21 de abril de 2023, conforme lo establece el artículo 171 del Decreto Ley 2324 de 1984 y la Resolución número 008-2021

MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020.

Que dentro del trámite no se presentaron oposiciones.

Una vez realizado el estudio técnico se encontró que del área de 2861,8 m2 que fue solicitada en concesión por el Astillero Naval Ely Valencia, 568,8 m2 se encuentra en jurisdicción de Dimar y poseen la aprobación de las entidades conceptuadas.

Que mediante Concepto Técnico número 003-CP01-ALIT-613 del 11 de mayo de 2023, el Área de Litorales de la Capitanía de Puerto de Buenaventura, emitió concepto técnico FAVORABLE a la solicitud de concesión presentada por la señora Ely Valencia Mosquera en su calidad de representante legal del Astillero Naval Ely Valencia, el cual hace parte integral de la presente resolución.

Que corresponde a la Dirección General Marítima expedir los actos y realizar las operaciones para el cumplimiento de sus funciones, así mismo, autorizar y controlar las concesiones y permisos en las aguas, terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de las áreas de su...

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