Resolución número 00280 de 2021, por la cual se decide una Actuación Administrativa - 2 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870827038

Resolución número 00280 de 2021, por la cual se decide una Actuación Administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Bucaramanga
Número de Boletín51723

Expediente: 300-A.A.2021-8

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Bucaramanga, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a decidir la presente actuación administrativa,

ANTECEDENTES: RESUELVE:

Artículo 1º Ordenar

incluir como comprador en la anotación número 7 del Folio de matrícula Inmobiliaria 300-339857, al señor MARIO ALFREDO SERRANO

MANTILLA, identificado con la cédula de ciudadanía número 13.815.148, junto con SILVIA JULIANA SERRANO GUZMÁN, identificada con la cédula de ciudadanía número 6.534.293, marcándole la X de propietario e indicar el porcentaje adquirido por los compradores, siendo el 50% para cada uno, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 2º Hacer

las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución.

Artículo 3º Notificar

la presente decisión a:

MARIO ALFREDO SERRANO MANTILLA, identificado con la cédula de ciudadanía número 13.815.148.

- SILVIA JULIANA SERRANO GUZMÁN, identificada con la cédula de ciudadanía número 63.534.293.

- MARTHA ISABEL RIVERA PÁEZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 63.307.374.

Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de Registro Subdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación (artículos 74 y siguientes CPACA), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón ofiregisbucaramanga@ supernotariado.gov.co.

Artículo 4º Para la notificación de Terceros Indeterminados, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la página Web de la Superintendencia de Notariado...

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