Resolución número 003417 de 2016, por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar de vigilancia especial del Hospital Universitario de Sincelejo E. S. E., identificado con el NIT. 892.280.033-1 - 3 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654894933

Resolución número 003417 de 2016, por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar de vigilancia especial del Hospital Universitario de Sincelejo E. S. E., identificado con el NIT. 892.280.033-1

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín50076

El Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el numeral 1 del artículo 113 del Decreto Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 19 de la Ley 510 de 1999, el artículo 68 de la Ley 1753 de 2015 y el Decreto número 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, la Seguridad Social en su componente de atención en salud, es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, con sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad;

Que en virtud del artículo 154 Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio público de Seguridad Social en Salud, con el fin de garantizar los principios consagrados en nuestra Carta Política y en los artículos 2º y 153 de la citada ley, este último modificado por el artículo 3º de la Ley 1438 de 2011;

Que de conformidad con el artículo 68 de la Ley 1753 de 2015, "Las medidas especiales que se ordenen se regirán por lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, incluido el artículo 291 y siguientes de ese estatuto, en lo que resulte pertinente a las medidas especiales; el Decreto número 2555 de 2010; las disposiciones aplicables del Sector Salud y las normas que los sustituyan, modifiquen o complementen";

Que el numeral 1 del artículo 113 del Decreto Ley 663 de 1993 establece la Vigilancia Especial como medida preventiva de la toma de posesión como institución de salvamento y protección de la confianza pública, inherente a las funciones de inspección y vigilancia que tiene a su cargo la Superintendencia Nacional de Salud;

Que de acuerdo con lo establecido en el inciso 3º del artículo del Decreto número 506 de 2005 con relación a las medidas cautelares que en ejercicio de sus funciones adopte la Superintendencia Nacional de Salud, la medida de vigilancia especial es de aplicación inmediata;

Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución número 001363 del 17 de mayo de 2016, adoptó "(...) Medida cautelar de vigilancia especial para Hospital Universitario de Sincelejo E. S. E. departamento de Sucre, identificado conNit 892280033-1 (■■■)", por el término de seis (6) meses;

Que mediante comunicación radicada con el Nurc 1-2016-156460 del 2 de noviembre del 2016, el doctor Édgar Martínez Romero, en su condición de Gobernador del departamento de Sucre, solicitó la prórroga de la medida cautelar de Vigilancia Especial indicando que:

"(.) La Superintendencia Nacional de Salud,...

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