Resolución número 004911 de 2015, por la cual se establece el procedimiento de registro y actualización en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) por traslado masivo de afiliados de EPS - 26 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588637810

Resolución número 004911 de 2015, por la cual se establece el procedimiento de registro y actualización en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) por traslado masivo de afiliados de EPS

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49708

El Ministro de Salud y Protección Social, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por los numerales 3 y 7 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 5º del Decreto-ley 1281 de 2002 y

CONSIDERANDO:

Que con el objeto de garantizar la continuidad en el aseguramiento, el Decreto 3045 de 2013, establece el mecanismo de asignación y traslado de los usuarios afiliados a las EPS que se retiren o liquiden voluntariamente, se les revoque la autorización de funcionamiento o el certificado de habilitación o sean sujeto de intervención forzosa administrativa para liquidar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud o el Gobierno nacional.

Que el citado decreto en el último inciso de su artículo 3º señala que "De manera concomitante a la asignación, el liquidador o representante legal de la Entidad Promotora de Salud entregará la información de afiliación de la población, a cada una de las Entidades Promotoras de Salud a las que se les asignaron afiliados, para que estas, de conformidad con la normatividad vigente, registren la novedad de afiliación en la Base de Datos Única de Afiliados".

Que igualmente, el artículo 9º el Decreto 3045 de 2013 dispone que la entidad receptora de afiliados garantizará, sin trámites adicionales, la continuidad del tratamiento de servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud que deban prestarse en virtud de fallos de tutela.

Que por su parte el artículo 1º del Decreto 2089 de 2015, modificatorio del Decreto 3045 de 2013, establece que las entidades promotoras de salud que se encuentren en las condiciones inicialmente referidas y que cuenten con una población que supere el cuatro por ciento (4%) de la afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, deberán presentar a la Superintendencia Nacional de Salud, un plan de asignación especial de la población a una o varias EPS receptoras habilitadas en el respectivo departamento.

Que para el efecto se debe establecer un procedimiento de registro y actualización de afiliados en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), en los casos de traslados masivos a Entidades Promotoras de Salud a los que refiere el artículo 1º del Decreto 2089 de 2015, toda vez que la BDUA soporta los procesos de liquidación y reconocimiento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR