Resolución número (0053-2022) MD-DIMAR-CPO1-ALITMA de 2022, la cual se otorga al señor Lázaro Garcés Cárdenas una concesión para el desarrollo del proyecto denominado Estación de Servicios Marítimos, para la compraventa y distribución de toda clase de combustibles y lubricantes, para embarcaciones marítimas, para uso personal de las mismas, sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura - 13 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916789581

Resolución número (0053-2022) MD-DIMAR-CPO1-ALITMA de 2022, la cual se otorga al señor Lázaro Garcés Cárdenas una concesión para el desarrollo del proyecto denominado Estación de Servicios Marítimos, para la compraventa y distribución de toda clase de combustibles y lubricantes, para embarcaciones marítimas, para uso personal de las mismas, sobre un bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura

EmisorMinisterio de Defensa Nacional - Dirección General Marítima
Número de Boletín52247

El Capitán de Puerto de Buenaventura, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, la Resolución 378 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que el señor Lázaro Garcés Cárdenas, con cédula de ciudadanía número 16484345 de Buenaventura, como representante legal del establecimiento Combustibles Garcés con número de matrícula 21760 de la cámara de comercio de Buenaventura, solicitó mediante oficio con radicado interno número 292022107027 del 11 de julio de 2022, la concesión desarrollo del proyecto denominado “Estación de Servicios Marítimos, para la compra venta y distribución de toda clase de combustibles y lubricantes, para embarcaciones de Puerto de Buenaventura, localizada en la ciudad de Buenaventura, en el departamento del Valle del Cauca.

Que con la solicitud formal fueron aportados los siguientes documentos:

• Memoria descriptiva del proyecto, especificando objeto y alcance.

• Certificado de matrícula mercantil de persona natural, con NIT. 16484345-0, otorgado por la Cámara de Comercio de Buenaventura.

• Estudio de vistos, mareas, corrientes y profundidades, constitución y resistencia de suelos de diciembre de 2021.

• Plano detalle área solicitada en concesión.

• Solicitud de certificación emitida por el solicitante al Ministerio del Interior.

• Certificación número 1-2021-038381 del 6 de enero de 2022, suscrita por Stella Rus si Pinilla, Coordinadora del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo, hace constar que no se adelanta en la actualidad, proyecto de turismo que pudiera requerir el uso y goce de las playas y terrenos de bajamar, en el área donde se desarrollará el proyecto.

• Oficio Radicado MT número 20225000285471 del 11 de marzo de 2022, del Ministerio de Transporte, por medio de la cual la Dirección de Infraestructura indicó, mediante certificación número 010-GII-DIRINFRA-2022, que el proyecto en las coordenadas referidas no se encuentra con concesiones portuarias vigentes; asimismo, de acuerdo con el memorando ANI número 2022000038333, manifiesta que no se encuentra en trámite ninguna solicitud de concesión portuaria en la zona indicada, bajo la administración de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

• Oficio de fecha 03 de mayo de 2022, con número 0140-255, emitido por la Oficina Asesora de Planeación y Ordenamiento Territorial, donde se establece que el terreno donde se proyecta la construcción no está ocupado por otra persona, no está destinado a ningún servicio oficial y que el proyecto que se pretenda realizar sobre él no ofrece ningún inconveniente para el distrito.

• Oficio 202202000007121 del 14 de junio de 2022, emitido por Establecimiento Público Ambiental del distrito de Buenaventura, por medio del cual se considera que no requiere de licencia ambiental o plan de manejo ambiental.

• Oficio con radicado MC35473E2021 número 411-2022 del 15 de febrero de 2022, por medio del cual el Ministerio de Cultura certificó que: El proyecto de concesión marítima de una estación de servicios fluvial y contenido dentro de las coordenadas del proyecto no cuenta con declaratoria de bien de interés cultural del ámbito nacional ni se encuentra en zona de influencia de algún BICN.

• Recibo de Pago Correspondiente al valor de trámite de concesión con el número 11202201801 del 6 de mayo de 2022, equivalente a 115UVT (Unidad de Valor Tributario), acuerdo lo establecido en la resolución número 0307-2020 MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020.

Que mediante oficio interno con número de radicado 292022107695 del 27 de julio de 2022, el señor Lázaro Garcés Cárdenas radica la Resolución número ST-0181 del 8 de marzo de 2022, por medio del cual el Ministerio del Interior certifica que, no se registra presencia de Comunidades afrocolombianas, raizales y palanqueras, en el área del proyecto “desarrollo de servicios marítimos mediante la distribución de toda clase de combustibles para embarcaciones marítimas y atención general de embarcaciones en un espejo de terrenos de bajamar en la bahía de Buenaventura®, de acuerdo con las coordenadas relacionadas en el acto administrativo.

Que mediante oficio interno con número de radicado número 11202201691 del 28 de julio de 2022, se manifiesta al solicitante que el trámite se encuentra incompleto, por los fallantes de los siguientes requisitos:

  1. Certificado del Instituto Colombiano de Antropología (ICANH).

Que mediante oficio número 292022108722 del 23 de agosto de 2022, el señor Lázaro Garcés Cárdenas realiza subsanación radicando el oficio número 202216000072491 del 23 de agosto de 2022 del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), que certifica que el ICANH, donde se certifica que el proyecto no se encuentra dentro de los preceptos legales que deben adelantar un programa de arqueología preventiva ante esa Entidad.

Que se realizó la verificación de Carencia de Informes por tráfico de estupefacientes y otros delitos conexos, para el uso y goce de los bienes de uso público, al señor Lázaro Garcés Cárdenas con cédula de ciudadanía número 16484345 de Buenaventura, con respuesta favorable el día 2 de septiembre de 2022, conforme lo establecido en el artículo 79 del Decreto ley 19 de 2012.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2324 de 1984, una vez recibidos los documentos a los que hace alusión el artículo 169 ibidem, la Dirección General Marítima procederá a la publicación de edictos en la página web de la entidad, en el lugar donde esté ubicado el terreno materia de la solicitud por el término de veinte (20) días, así como la publicación de estos a costa de los interesados en la prensa local, por una vez durante dicho término. Lo anterior para los efectos del artículo 173 del Decreto ley 2324 de 1984 y la Resolución número 008-2021 MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020, referido a las oposiciones.

Que el 30 de septiembre de 2022, la Capitanía de Puerto de Buenaventura fijó el edicto en la página web de la Dirección General Marítima por el término de veinte (20) días hábiles, siendo desfijado el 20 de octubre de 2022, además en el lugar donde está ubicado el área de la solicitud, conforme lo establece el artículo 171 del Decreto ley 2324 de 1984, modificado por el artículo 66 del Decreto 2106 de 2019.

Que el señor Lázaro Garcés Cárdenas con cédula de ciudadanía número 16.484.345 de Buenaventura, hace la publicación del edicto en el diario La Opinión del día 12 de octubre de 2022, conforme lo establece el artículo 171 del Decreto ley 2324 de 1984 y la Resolución número 008-2021 MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 2020.

Que dentro del trámite no se presentaron oposiciones.

Una vez realizado el estudio técnico se encontró que, del área de 680,97 m2 que fue solicitada en concesión por Lázaro Garcés Cárdenas, identificado con cédula de ciudadanía 16484345 de Buenaventura, 680,97 m2 se encuentra en jurisdicción de DIMAR y poseen la aprobación de las entidades conceptuadas.

Que mediante concepto técnico número 001-CP01-ALIT del 20 de septiembre de 2022, el área de litorales de la Capitanía de Puerto de Buenaventura emitió concepto técnico favorable, a la solicitud de concesión presentada por el señor Lázaro Garcés Cárdenas, identificado con cédula de...

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