Resolución número (0082-2023) md-dimar-cp02-alitma de 2023, por la cual se renueva una concesión Resolución número 0092 del 4 de marzo de 2013, otorgada a la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco - 4 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 972360176

Resolución número (0082-2023) md-dimar-cp02-alitma de 2023, por la cual se renueva una concesión Resolución número 0092 del 4 de marzo de 2013, otorgada a la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín52599

El Capitán de Puerto de Tumaco, en uso de sus facultades legales delegadas según Resolución número 378 de 2019, conferidas en el título 3, artículo 2.4.3.4 del Decreto Ley 2324 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución número 0092 de 4 de marzo de 2013, se otorgó a la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, por el término de diez (10) años la concesión de un área de sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis coma sesenta y tres metros cuadrados (62446,63 m2), correspondiente a un bien de uso público con características técnicas de Bajamar en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco, para la implementación de una granja integral orientada a la producción y comercialización de productos acuícolas a través del establecimiento de cinco estanques dedicados al cultivo de la tilapia, camarón y a la reproducción de alevines, de conformidad al lleno de los requisitos establecidos en el artículo 169 del Decreto ley 2324 de 1984 y lo descrito en el Concepto Técnico número CT. 29-P-SUBDEMAR-ALIT-613 del 17 de diciembre de 2012, emitido por la Subdirección de Desarrollo Marítimo de la Dirección General Marítima.

Que, la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en su calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, presentó escrito de fecha 4 de abril de 2023 con radicado número 122023100470 de la misma fecha, solicitando la renovación de la concesión otorgada por la Dirección General Marítima mediante Resolución número 0092 del 4 de marzo de 2013, sobre un bien de uso público de un área de sesenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis coma sesenta y tres metros cuadrados (62446,63 nx2) donde funciona el proyecto denominado "Implementación de una Granja Integral Orientada a la Producción y Comercialización de Productos Acuícolas para el Fortalecimiento Económico y Social del Grupo Mujeres en Acción" ubicado en el barrio Los Ángeles California, zona urbana del Distrito de San Andrés de Tumaco (Nariño).

Que, mediante oficio de fecha 5 de abril de 2023 con radicado número 12202300333

MD-DIMAR-CP02-ALITMA, la Capitanía de Puerto de Tumaco le comunicó a la

Asociación Mujeres en Acción con numero NIT 840000237-6. "para dar continuidad con el trámite de renovación de la concesión, es necesario que realice el pago por concepto de "Trámite de concesión y modificación de concesión en playas marítimas y terrenos de bajamar (bienes de uso público)" por un valor de$ 4.877.400 (vigencia 2023) acuerdo Resolución número 0307de 2020".

Que, a través de la sede electrónica y bajo radicado número 122023100519 del 17 de abril de 2023, la Asociación Mujeres en Acción con numero NIT 840000237-6, hace la solicitud formal para la renovación de la concesión otorgada por la Dirección General Marítima mediante Resolución número 0092 del 4 de marzo de 2013, sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco, con el fin de continuar el proyecto denominado "Implementación de una Granja Integral Orientada a la Producción y Comercialización de Productos Acuícolas para el Fortalecimiento Económico y Social de Grupo Mujeres en Acción", ubicado en el barrio Los Ángeles California, zona urbana del Distrito de San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño; donde aportó:

- La consignación por el valor del trámite acuerdo referencia número 5022023050807 de fecha 13 de abril de 2023. con código "5001384", PRODUCTO Y/O SERVICIO "TRAM/AMPL CONCES PLAYAS/TERRENOS BAJAMAR", por un valor de cuatro millones ochocientos setenta y siete mil cuatros ciento pesos moneda corriente ($ 4.877.400 moneda corriente) vigencia 2023.

Ahora bien, con el fin de continuar el proyecto denominado "Implementación de una Granja Integral Orientada a la Producción y Comercialización de Productos Acuícolas para el Fortalecimiento Económico y Social de Grupo Mujeres en Acción", ubicado en el barrio Los Ángeles California, zona urbana del Distrito de San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño, solicitado por la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en su calidad de representante legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 8400002376, a través del Responsable de Gente de Mar del Área de Marina Mercante de esta Capitanía de Puerto, mediante correo electrónico de fecha 4 de mayo de 2023, se realizó la verificación de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes y otros delitos conexos, "donde se evidencia que la verificación resultó exitosa para el uso y goce de los bienes de uso público a favor de la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño) en su calidad de representante legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, el cual cuenta con vigencia hasta el 29 de mayo de 2028". de conformidad a lo estipulado en el parágrafo tercero del artículo 5.3.4.5 de la Resolución número 0020-2019 -MD-

DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 22 de enero de 2019.

Que, mediante oficio de fecha 26 de julio de 2023 con radicado número 12202300790 MD-DIMAR-CP02-ALITMA, la Capitanía de Puerto de Tumaco le solicitó a la Asociación Mujeres en Acción con numero NIT 840000237-6, "(...) allegar copia del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio e indicar el porcentaje de participación accionaria de cada uno de los miembros (...)".

En consecuencia, se allega escrito de fecha 23 de agosto de 2023 con radicado número 122023101168 de la misma fecha, suscrito por la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en su calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, donde entrega copia del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio e indica que "(...) las utilidades generadas por la Asociación Mujeres en Acción. se asignan en partes iguales para cada uno de los socios adscritos. asimismo los bienes adquiridos son reconocidos en partes iguales. para cada uno de los socios (...)".

Que, mediante oficio de fecha 11 de septiembre de 2023 con radicado número 12202300953 MD-DIMAR-CP02-ALITMA, la Capitanía de Puerto de Tumaco, le solicita aclaración de información a la Asociación Mujeres en Acción con numero NIT 840000237-6, "concerniente al porcentaje bienes y utilidades de los socios adscritos a la asociación".

Que, en respuesta a lo anterior se allega escrito de fecha 4 de abril de 2023, radicado internamente con número 122023101348 de fecha 28 de septiembre de 2023, suscrito por la señora Céfora Carabalí de Estupiñán identificada con cédula de ciudadanía número 27256900 expedida en El Charco (Nariño), en su calidad de Representante Legal de la Asociación Mujeres en Acción con número NIT 840000237-6, donde "(...) entrega el listado con la totalidad de los socios veinte (20) y el porcentaje de acciones de cada uno de ellos equivalente al cinco (5%). (...)".

Ahora bien, mediante el Articulo 5.4.4.3. de la Resolución número 0020-2019 MD DIMAR-SUBDEMAR-ALIT de 22 de enero de 2019, se establece "El interesado en la renovación de las concesiones, permiso o autorizaciones otorgadas sobre bienes de uso público bajo jurisdicción de la Dirección General Marítima deberá presentar su solicitud por lo menos cinco (5) días antes del vencimiento de los mismos (...) La Autoridad Marítima proferirá la decisión de fondo con base a la verificación de los requisitos establecidos en el artículo 169 del Decreto Ley 2324 de 1984 y demás normas concordantes.

Que referente a la "Renovación de concesión": se definió que (...) No se le...

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