Resolución número 0104 de 2015, por la cual se cancela personería jurídica a la asociación de padres de familia usuarios de los Hogares Comunitarios de Bienestar Empresarial Flores de Bojacá - 20 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 558570018

Resolución número 0104 de 2015, por la cual se cancela personería jurídica a la asociación de padres de familia usuarios de los Hogares Comunitarios de Bienestar Empresarial Flores de Bojacá

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49431

La Directora de la Regional Cundinamarca del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente Lleras, nombrada mediante Resolución número 0052 del 8 de enero de 2013, y debidamente posesionada mediante Acta número 37 del 10 de enero de 2013, en uso de las facultades legales, estatutarias y especialmente consagradas en la Ley 7a de 1979, Decreto Reglamentario 2388 de 1979, Decreto número 276 de 1988, parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 del 2006 "Código de la Infancia y la Adolescencia", Decreto número 1422 de 1996, y la Resolución número 788 de 1989, por la cual se modifican las Resoluciones números 0255 del 19 de febrero de 1988, 0615 del 12 de abril de 1988, en concordancia con la Resolución número 003899 de 2010 expedida por la Dirección General del ICBF del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y

CONSIDERANDO:

Que las normas orgánicas del ICBF regulan de manera expresa y específica, la creación y el funcionamiento de las instituciones del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y que las mismas le confieren competencia Legal para reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las Instituciones del Sistema, en su condición de entidad rectora del mismo.

Que por mandato expreso de la Ley 1098 de 2006, El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, es el ente Coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y, en consecuencia, las Instituciones del mismo, en su organización y funcionamiento deben dar cumplimiento estricto a las normas del Servicio Público de Bienestar Familiar, dictadas por el ICBF. Por esta razón, al Instituto se le confirió la competencia de "reconocer, otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del...

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