Resolución número 011 de 2017, por la cual se ordena unificación de los folios de Matrículas Inmobiliarias número 0900011230 y 090-0001933 - 29 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 674767109

Resolución número 011 de 2017, por la cual se ordena unificación de los folios de Matrículas Inmobiliarias número 0900011230 y 090-0001933

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ramiriquí, Boyacá
Número de Boletín50190

La suscrita Registradora de Instrumentos Públicos del Círculo de Ramiriquí (Boyacá), en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos , 49 y 59 de la Ley 1579 de 2012 y el Decreto número 2723 de 2014 y Ley 1437 de 2011, '

CONSIDERANDO QUE: RESUELVE:

Primero: Ordénese la unificación del folio de Matrícula Inmobiliaria número 0900001933 en el folio de Matrícula Inmobiliaria número 090-0011230, como consecuencia de ello déjese sin valor y sin efecto la apertura del primer folio de matrícula citado, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

Segundo: Ciérrese el folio de Matrícula Inmobiliaria número 090-0001933 en su anotación número dos (2), en razón a que quedarán sin valor y sin efecto, por ser unificado a la Matrícula inmobiliaria número 090-0011230.

Tercero: Adiciónese en el folio de Matrícula Inmobiliaria 090-0011230 en el campo de Comentario a la Especificación de la anotación número dos (2) la siguiente información "Lo adquirido. Por Sentencia de 1952"; asimismo, en la anotación número tres (3) la siguiente información "Misael y Melquicedec lo que le corresponda por su madre Evangelina Bui-trago, lo adquirido por Sentencia de 1952 y Verónica, lo adquirido por Escritura 661/1977".

Cuarto: Suprímase, en el campo de Cabida y Linderos la información que refleja actualmente, referente a los linderos y modifíquese por la siguiente "Lote de terreno, ver linderos y demás en la Sentencia de fecha 23/09/1952 del Juzgado Civil del Circuito de Ramiriquí", lo demás sigue vigente.

Quinto: Una vez cumplido lo ordenado en los numerales anteriores, háganse las salvedades del caso, y desglósense los documentos respectivos de la Matrícula número 090-0001933 al folio que quedará vigente número 090-0011230.

Sexto: Notifíquese personalmente de esta resolución a los señores: Víctor Cruz Rodríguez y Ana Dilma Torres de Cruz y/o sus herederos y demás personas determinadas e indeterminadas que puedan tener interés en la presente actuación.

Séptimo: Notificar la siguiente providencia en la forma prevista en los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo; si no fuere posible su notificación personal, súrtase esta mediante publicación de la parte...

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