Resolución número 0113 de 2015, por la cual se fijan los valores actualizados del 'factor variable-valor por suscriptor mes' de los contratos de concesión de televisión por suscripción, de sus prórrogas, expansiones y de la licencia única para la prestación del servicio de televisión por suscripción, para el año 2015 - 20 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 558568982

Resolución número 0113 de 2015, por la cual se fijan los valores actualizados del 'factor variable-valor por suscriptor mes' de los contratos de concesión de televisión por suscripción, de sus prórrogas, expansiones y de la licencia única para la prestación del servicio de televisión por suscripción, para el año 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Televisión
Número de Boletín49431

La Directora (e) de la Autoridad Nacional de Televisión, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 3, 10, 14, 22 y los literales a), b), c) y f) del artículo 6º de la Ley 1507 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en su artículo 365 establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, y que es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

Que la norma en mención igualmente prevé que los servicios públicos deben estar sometidos al régimen jurídico que fije la ley, pudiendo ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares, y que en todo caso el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios.

Que la Ley 1507 de 2012 creó la Autoridad Nacional de Televisión, (ANTV), como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, conformada por una Junta Nacional de Televisión, cuyo objeto es brindar las herramientas para la ejecución de los planes y programas de la prestación del servicio público de televisión, y cuyo fin principal es velar por el efectivo acceso a la televisión, garantizando el pluralismo e imparcialidad informativa, la competencia y la eficiencia en la prestación del servicio, así como evitar las prácticas monopolísticas en su operación y explotación, en los términos de la Constitución y la ley.

Que el literal f) del artículo de la Ley 1507 de 2012, dispone que le corresponde a la Autoridad Nacional de Televisión, fijar los derechos, tasas y tarifas que deba percibir por concepto del otorgamiento y explotación de las concesiones para la operación del servicio de televisión.

Que el inciso final del parágrafo del artículo 6º de la Ley 680 de 2001 señala que de darse disminuciones en los costos para los contratos de concesión, estos menores valores se deberán reflejar en beneficios para los usuarios.

Que el artículo 21 de la Ley 1507 de 2012, ordenó la sustitución de la posición contractual de los contratos de concesión que estuvieren a cargo de la Comisión Nacional de Televisión, (CNTV), como entidad contratante, a la -ANTV-.

Que adicionalmente el artículo 22 de la Ley 1507 de 2012, dispuso la transferencia de...

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