Resolución número (0115-2023) md-dimar-cp03-alitma de 2023, por la cual se otorga una concesión sobre un bien de uso público, ubicado en el sector de Palmarito, municipio de Tubará, departamento del Atlántico, jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla a favor de la empresa ESPECIALMENTE S. A. S., representada legalmente por el señor Elio D Angelo, identificado con cédula de extranjería número 348990, para el desarrollo del proyecto denominado 'Prado Verde Village Beach' - 21 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 946275605

Resolución número (0115-2023) md-dimar-cp03-alitma de 2023, por la cual se otorga una concesión sobre un bien de uso público, ubicado en el sector de Palmarito, municipio de Tubará, departamento del Atlántico, jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla a favor de la empresa ESPECIALMENTE S. A. S., representada legalmente por el señor Elio D Angelo, identificado con cédula de extranjería número 348990, para el desarrollo del proyecto denominado 'Prado Verde Village Beach'

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín52525

El Capitán de Puerto de Barranquilla, en ejercicio de las facultades legales consagradas en el Decreto Ley 2324 de 1984, en concordancia con lo estipulado en el numeral 9 del artículo 3º del Decreto número 5057 de 2009, y la Resolución número 0688 del 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, el señor Elio D' Angelo, identificado con cédula de extranjería número 348990, en su calidad de representante legal de la empresa Especialmente S. A. S., presentó en la Capitanía de Puerto de Barranquilla una solicitud de concesión con radicado interno DIMAR número 292022112434, para desarrollar el proyecto "Prado Verde Village Beach" en el sector de Palmarito, municipio de Tubará, en el departamento del Atlántico.

Que con la solicitud formal fueron aportados los siguientes documentos:

1. Carta solicitud

2. Descripción del proyecto

3. Copia del documento de identificación del representante legal y Cámara de comercio.

4. Estudio Oceanográfico realizado por el señor Guillermo Díaz González Perito Marítimo en Oceanografía Física, categoría Clase B -Licencia 79152973

5. Plano área solicitada en concesión

6. Ministerio del Interior- Dirección de La Autoridad Nacional de Consulta Previa, ST-1285 de 16 de septiembre del 2021, resuelve:

"(.) Que no procede la consulta previa con comunidades Indígenas para el proyecto: "Prado Verde Village Beach", localizado en jurisdicción del municipio de Tubará, en el Departamento del Atlántico."

"(■■■) Que no procede la consulta previa con comunidades negras, Afrocolombianas, Raizales y/o Palanqueras, para el proyecto: "Prado Verde Village Beach", localizado en jurisdicción del municipio de Tubará, en el Departamento del Atlántico (■)" "(■) Que no procede la consulta previa con comunidades Rom para el proyecto: "Prado Verde Village Beach", localizado en jurisdicción del municipio de Tubará, en el Departamento del Atlántico (■..)" (cursiva fuera de texto).

7. Mediante oficio Radicado número 1-2021-026697 de fecha 14 de octubre de 2021, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Mincomercio), indica lo siguiente. DM-51 : "(■) Que la Nación a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo NO adelanta en la actualidad proyecto turístico que pudiera requerir el uso y goce de las playas y terrenos de bajamar, con el "Prado Verde Village Beach", ubicado en el sector denominado "Palmarito", localizado al sur de la Ensenada Trebal, en el municipio de Tubará (■)" (cursiva fuera de texto).

8. El ministerio de Transporte certifica a través de oficio radicado MT número 20215000977461 de fecha 21-09-2021 Certificación número 064-GII-DIRIN-FRA-2021 que: "(...) hace constar que a la fecha, en el área de la zona a intervenir, solicitada en el escrito con radicado MT número 20213031505172 del 9/08/2021 y de acuerdo con el concepto emitido por la ANI, se certifica que en la actualidad en la zona de uso público ubicada en el sector denominado "Pal-marito", localizado al sur de la Ensenada Trebal, en el municipio de Tubará, Departamento del Atlántico, NO se cuenta con concesiones portuarias vigentes, así mismo, de acuerdo con memorando ANI número 20212000119173 del 30-082021, la Gerencia de Proyectos Férreos y Portuarios de la Vicepresidencia de Estructuración de la ANI, da constancia de NO haber trámites de solicitud de concesión (■)" (cursiva fuera de texto).

9. Mediante certificado de fecha 22 de febrero del 2023, el suscrito Alcalde Municipal de Tubará, el señor José del Transito Coll Cervantes, certifica que: "(■..) que esta zona no está ocupada por otra persona distinta al solicitante y el Municipio de Tubará no tiene destinado esa área al desarrollo de ningún proyecto en el momento; si a futuro hubiese la necesidad de utilizar este predio en algún proyecto productivo será retomado por el Municipio. Además, el proyecto planteado "Prado Verde Village Beach" está de acuerdo al entorno paisajístico y turístico del Sector (■)". así mismo dice: "(■) así las cosas, este despacho, entra a analizar lo establecido en el EOT de este municipio para constar que el asunto objeto de solicitud terreno sobre el cual se va a construir el proyecto SÍ se ajusta a las normas sobre el uso del suelo que están definido el Esquema de Ordenamiento Territorial vigente para el municipio de Tubará (■)" (cursiva fuera de texto).

10. La Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA), mediante oficio número 005218 de fecha 21 de octubre del 2022, firmado por el Director General señor Jesús León Insignares, otorgó una viabilidad ambiental, indicando que: "(■) Luego de la vista de inspección, del análisis de la información y teniendo en cuenta lo concluido, se considera Viable Ambientalmente al proyecto "Prado Verde Village Beach" de la sociedad Especialmente S. A. S. identificada con NIT 900492992-6, y Representada Legalmente por el señor Elio D 'Angelo, identificado con la cédula de extranjería número 348900 proyecto que se ubicará en un sector de aptitud turística, en Bien de Uso Público - Playas Marinas en el municipio de Tubará. Para lo anterior se autoriza la instalación de dieciocho (18) camas balinesas, nueve (9) carpas playeras, catorce (14) sillas asoleadoras, una (1) cancha de voleibol, una (1) cancha de fútbol, una (1) caseta salvavidas y un (1) deck de madera, con una ocupación total de los elementos de 924,47 m2 en un área total de 22.630 m2 (■..)".

11. Se aporta documento ICANH 130-7794 del 7/09/2021, en el cual se cita: "(■..) el proyecto "Prado Verde Village Beach", localizado en el municipio de Tuba-rá, departamento de atlántico, no se encuentra dentro de los preceptos legales que deben adelantar un Programa de Arqueología Preventiva ante esta entidad (■)".

12. Así mismo se aporta oficio número 411-2022 de fecha 16 de mayo del 2022, el Ministerio de Cultura, cita: "... que, revisado el listado de consulta de bienes de interés cultural del ámbito nacional (BICN), competencia del Ministerio de Cultura, se evidencia que los predios incluidos en el área del proyecto denominado construcción de Veleros INN ubicado en el sitio denominado Prado Verde Village Beach en el municipio e Tubará- Atlántico, no cuenta con dicha declaratoria, ni se encuentra en zona de influencia de algún BINC".

13. Recibo de Pago Correspondiente al Valor de Trámite de Concesión 5032022029128, se cancela el valor establecido para el trámite de concesión ($4.370.500), el cual fue verificado con el área de facturación de la Capitanía de Puerto de Barranquilla.

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169 del Decreto número 2324 de 1984, una vez recibidos los documentos, la Dirección General Marítima procedió a la publicación de los avisos en la página web de la entidad, en el lugar donde esté ubicado el terreno materia de la solicitud por el término de veinte (20) días, así como la publicación de estos a costa de los interesados por una sola vez, en un diario de amplia circulación regional.

Lo anterior, para los efectos del artículo 173 del mencionado Decreto Ley, referido a las oposiciones.

Que, el 25 de mayo del 2023, la...

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