Resolución número (0122-2018) md-dimar-subdemar-alit de 2018, por la cual se autoriza una concesión en bien de uso público al señor Orlando Vargas Vargas en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco - 17 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 724006129

Resolución número (0122-2018) md-dimar-subdemar-alit de 2018, por la cual se autoriza una concesión en bien de uso público al señor Orlando Vargas Vargas en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Tumaco

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50596

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto Ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que Mediante oficio número 122016103024 del 1º de noviembre de 2016, el señor Orlando Vargas Vargas, solicitó ante la Dirección General Marítima una concesión para uso y goce de un terreno bien de uso público, el cual está ubicado en el barrio "20 de Julio, sector Playas del Morro", zona urbana del municipio de San Andrés de Tumaco, (Nariño).

Que con la solicitud formal de concesión, fueron allegados los siguientes documentos e información:

a) Mediante Resolución número 114 de diciembre 16 de 2011, la Alcaldía Municipal de Tumaco, expidió licencia de reconocimiento de construcción a la edificación de cabanas y piscina turísticas, al señor Orlando Vargas Vargas.

b) Alcaldía municipal

Mediante certificación de fecha 9 de octubre de 2014, la Alcaldía Municipal de San Andrés de Tumaco manifestó que el predio no está ocupado por otras personas, ni tiene distinción de uso público, ni servicio oficial, no representa inconveniente al municipio.

c) Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño)

Mediante oficio del 27 de octubre de 2014, la Corporación Autónoma Regional de Nariño conceptuó que este tipo de proyectos no requiere el trámite de licencia ambiental.

No obstante y considerando la generación de vertimientos que realizará el proyecto "Cabanas Mar y Sol" el representante legal y/o propietario, debe tramitar el permiso de vertimientos de acuerdo con el Decreto 3930 de 2010 y la concesión de aguas de acuerdo con el Decreto 1541 de 1978, ante la Corporación. Para tales fines y de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Decreto 3930 de 2010, el interesado deberá allegar el respectivo documento que autorice la ocupación de bienes de uso público expedido por la Dimar, entidad a la que le corresponde de manera exclusiva autorizar el uso, construcción y explotación de estas zonas conforme a las disposiciones del Decreto 2324 de 1984 y demás normas que lo reglamenten, adicionen o sustituyan.

d) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Mediante Certificación DM - 042/2015 del 23 de octubre de 2015, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, hace constar que dicho Ministerio NO adelanta en la actualidad ningún proyecto...

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