Resolución número 0136 de 2016, por medio de la cual se adopta la Guía Técnica para la Adecuación Hidráulica y Restauración Ambiental de Corrientes Hídricas Superficiales en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) - 9 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 593420658

Resolución número 0136 de 2016, por medio de la cual se adopta la Guía Técnica para la Adecuación Hidráulica y Restauración Ambiental de Corrientes Hídricas Superficiales en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR)

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín49781

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las establecidas en el artículo 29 (numeral 12) de la Ley 99 de 1993, y el artículo 42 (numerales 1 y 27) de la Resolución 703 de 2003, expedida por el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por medio de la cual se aprobaron los Estatutos de la CAR,

CONSIDERANDO:

Que los artículos y 79 de la Constitución Política establecen que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Que el artículo 80 del mismo ordenamiento, determina que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; además deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

Que el artículo 95 (numeral 8) de la Constitución Política, consagra el deber de toda persona de proteger los recursos culturales y naturales del país, y velar por la conservación de un ambiente sano.

Que según lo establecido en el artículo 31 (numerales 2 y 11) de la Ley 99 de 1993, corresponde a las corporaciones autónomas regionales ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, en virtud de lo cual deben desarrollar labores orientadas a la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables.

Que el artículo 17 del Decreto 1504 de 1998, dispone que las corporaciones autónomas regionales y las autoridades ambientales de las entidades territoriales, tendrán a su cargo el manejo de los recursos naturales, y la definición de las normas técnicas para la conservación, preservación y recuperación de los elementos naturales del espacio público.

Que el artículo 5º, ordinal I (Elementos constitutivos), numeral 1...

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