Resolución número 014038 de 2022, por la cual se reglamenta el Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos, (SNIBCE), creado mediante la Ley 1832 de 2017 - 19 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908282362

Resolución número 014038 de 2022, por la cual se reglamenta el Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos, (SNIBCE), creado mediante la Ley 1832 de 2017

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín52100

La Ministra de Educación Nacional en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso primero del artículo 208 de la Constitución Política, los numerales 6.1 y 6.6. del artículo 6º del Decreto 5012 de 2009, y el parágrafo segundo del artículo de la Ley 1832 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 de la Constitución Política establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

Que el artículo 111 de la Ley 30 de 1992, por et cual se organiza el servicio público de la Educación Superior, dispone que la Nación, las entidades territoriales y las instituciones de educación superior, establecerán una política general de ayudas y créditos para los estudiantes, la cual será ejecutada por el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, (Icetex).

Que el artículo 6º de la Ley 489 de 1998, "por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional" establece como uno de los principios de la función administrativa, el de coordinación y colaboración en los siguientes términos: "En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales.".

Que el artículo 2º de la Ley 1002 de 2005, por la cual se transforma el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, (Icetex), en una entidad financiera de naturaleza especial y se dictan otras disposiciones, establece que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior "Mariano Ospina Pérez", (Icetex), tiene por objeto el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas en la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros.

Que la Ley 1832 de 2017, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional Información de Becas y Créditos Educativos (SNIBCE), establece que este Sistema permitirá recopilar, organizar y conocer la oferta de becas públicas y privadas y los créditos condonables de estudios de educación superior, con el fin de garantizar que esta información esté consolidada, sea pública y llegue a todos los grupos vulnerables (víctimas del conflicto armado, afrocolombianos, indígenas, personas en situación de discapacidad, entre otros), municipios e instituciones de educación media y superior, públicas y privadas, del territorio nacional.

Que la Ley 1832 de 2017, asigna al Icetex la responsabilidad de la coordinación, implementación y operación del Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos

Educativos (SNIBCE).

Que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero del artículo de la Ley 1832 de 2017, el legislador habilitó de manera expresa al Ministerio de Educación Nacional para expedir la reglamentación pertinente a la administración del Sistema Nacional de Información de Becas y Créditos Educativos, (SNIBCE).

Que la Ley 1712 de 2014, por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones, regula el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio, garantía del derecho, las excepciones a la publicidad de información, y establece principios de publicidad, transparencia y acceso a la información, así como ámbitos de aplicación dentro de los cuales se incluyen como sujetos obligados: a) Toda entidad pública, incluyendo las pertenecientes a todas las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente, en los órdenes nacional, departamental, municipal y distrital y g) Las entidades que administren instituciones parafiscales, fondos o recursos de naturaleza u origen público.

Que la Ley 1832 de 2017, establece la competencia del Ministerio de Educación Nacional para reglamentar el sistema al señalar: "Artículo 2. Responsable. El Icetex, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de...

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