Resolución número 02163 de 2016, por la cual se incorpora y adiciona un Apéndice a la Parte Décimo Cuarta de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC 14) referente a los aeródromos ofrecidos a la Aviación Internacional
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil |
Número de Boletín | 49947 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 48 de la Ley 105 de 1993, artículos 1782 y 1815 del Código de Comercio en concordancia con lo establecido en los artículos 2º y 5º numerales 8, 9 y 10 y artículo 9º, numerales 4 y 12 del Decreto 260 de 2004, y
CONSIDERANDO:
- Que es función de la UnidadAdministrativa Especial deAeronáutica Civil (UAEAC), clasificar los aeródromos y determinar los requisitos que debe reunir cada clase, tal y como se indica en el artículo 1815 del Código de Comercio, en armonía con lo previsto en el artículo del 5º y 9º del Decreto 260 de 2004.
- Que mediante Resolución 01092 del 13 de marzo de 2007, por la cual se adoptan unas normas sobre Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos y se adicionan como Parte Décimo Cuarta a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" en su artículo tercero se clasificaron los siguientes aeropuertos como internacionales:
· El Dorado | Bogotá, D. C. |
· Ernesto Cortissoz | Barranquilla |
· Simón Bolívar | Santa Marta |
· Rafael Núñez | Cartagena |
· José María Córdoba | Medellín |
· Alfonso Bonilla Aragón | Cali |
· Alfredo Vázquez Cobo | Leticia |
· Palonegro | Bucaramanga |
· Matecaña | Pereira |
· Gustavo Rojas Pinilla | San Andrés Isla |
· Camilo Daza | Cúcuta |
- Que el Aeropuerto de "El Edén" que presta sus servicios a la ciudad de Armenia, departamento del Quindío, ha venido operando como Aeródromo disponible para operación internacional, únicamente para la aviación de servicio aéreo regular de pasajeros dentro del transporte público internacional.
- Que el Aeropuerto "Almirante Padilla"" de la ciudad de Riohacha, departamento de La Guajira, ha sido utilizado en las operaciones internacionales en la modalidad de «Chárter» o vuelos no regulares a la demanda con origen y destino internacional previa autorización de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) de conformidad a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.
- Que el Aeropuerto "Alfonso López Pumarejo'" de la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar, ha venido operando como aeropuerto internacional abierto a la aviación general para atender la demanda del "Festival de la Leyenda...
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