Resolución número 0219 de 2022, por la cual se suprimen y crean unos cargos en la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil - 27 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 895936418

Resolución número 0219 de 2022, por la cual se suprimen y crean unos cargos en la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51930

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 26 del Decreto 2241 de 1986

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 7º del artículo 26 del Decreto 2241 de 1986, señala:

"ARTICULO 26. El Registrador Nacional del Estado Civil tendrá las siguientes funciones: (...) 7. Crear, fusionar, suprimir cargos y señalar las asignaciones correspondientes, con apiobación del Consejo Nacional Electoral (Aparte tachado declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia No. C-230A-08 del 6 de marzo de 2008, Magistrado Ponente, Dr. Rodrigo Escobar Gil) (.)"

Que, mediante Decreto ley 1012 del 2000, el Gobierno nacional modificó la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Que, el artículo 3º del Decreto ley 1012 de 2000, establece que se distribuirán los cargos en la planta global del nivel central, teniendo en cuenta la estructura interna.

Que, el Coordinador de salarios y prestaciones, mediante correo electrónico, informa que los costos anuales del cargo relacionado es el siguiente:

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Suprimir a partir del 11 de enero de 2022, en la Planta del Global de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los siguientes cargos como a continuación se detallan:

Artículo 2º Crear a partir del 11 de enero de 2021, en la Planta Global de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR