Resolución número 0222 de 2015, por la cual se renueva licencia de funcionamiento a la Institución Hogar Niño de la Calle Esta es mi Casa, de la ciudad de Pereira (Risaralda), para atender niños, niñas y adolescentes en situaciones de inobservancia, amenaza o vulneración de derechos de cero (0) a menores de 18 años de edad, remitidos por la autoridad competente en la modalidad Hogar de Paso Submodalidad Casa Hogar - 19 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 567961118

Resolución número 0222 de 2015, por la cual se renueva licencia de funcionamiento a la Institución Hogar Niño de la Calle Esta es mi Casa, de la ciudad de Pereira (Risaralda), para atender niños, niñas y adolescentes en situaciones de inobservancia, amenaza o vulneración de derechos de cero (0) a menores de 18 años de edad, remitidos por la autoridad competente en la modalidad Hogar de Paso Submodalidad Casa Hogar

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49487

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras Regional Risaralda, en uso de las facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el Decreto número 0987 de 2012, la Ley 1098 de 2006, la Resolución número 3899 de 2010 y el Decreto número 2281 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la entidad denominada "Hogar Niño de la Calle Esta es mi Casa" cuenta con personería jurídica vigente, reconocida mediante la Resolución número 1442 del diez (10) de octubre de 1993 por parte de la Gobernación de Risaralda y tiene sus Estatutos vigentes;

Que el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 establece que todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aún con autorización de los padres o representantes legales alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes, son sujetos de la vigilancia del Estado;

Que el inciso 2º del artículo 16 de la Ley 1098 de 2006, establece que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, reconoce, otorga, suspende y cancela personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones de este Sistema;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, numeral 8 de la Ley 7a de 1979, corresponde al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgar licencia de funcionamiento a las Instituciones y establecimientos de protección al menor de edad y a la familia, y señalar y hacer cumplir los requisitos de funcionamiento a dichas instituciones;

Que el artículo 16 del Decreto número 2388 de 1979...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR