Resolución número 02449 de 2015, por medio de la cual se declara de utilidad pública e interés social el proyecto de ampliación de pista, plataforma y conformación de las franjas de seguridad de pista y reservar la zona de amortiguación del cono de aproximación a la nueva cabecera 17, en el Aeropuerto El Embrujo de la Isla de Providencia y Santa Catalina - 30 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 583677510

Resolución número 02449 de 2015, por medio de la cual se declara de utilidad pública e interés social el proyecto de ampliación de pista, plataforma y conformación de las franjas de seguridad de pista y reservar la zona de amortiguación del cono de aproximación a la nueva cabecera 17, en el Aeropuerto El Embrujo de la Isla de Providencia y Santa Catalina

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín49651

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 35 y 47 de la Ley 105 de 1993, 63 de la Ley 388 de 1997 y 9º del Decreto 260 de 2004 y el artículo 19 de la Ley 1682 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del artículo 1º del Decreto 260 de 2004, "La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), es una entidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), tendrá su sede principal en la ciudad de Bogotá, D. C".

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), es la autoridad en materia aeronáutica en todo el territorio nacional y le compete regular, administrar, vigilar y controlar el uso del espacio aéreo colombiano por parte de la aviación civil, y coordinar las relaciones de esta con la aviación de Estado; desarrollando las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos sobre la materia, contribuyendo de esta manera al mantenimiento de la seguridad y soberanía nacional.

Que a la Unidad le corresponde también la prestación de servicios aeronáuticos y, con carácter exclusivo, desarrollar y operar las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad. Así mismo, le corresponde reglamentar y supervisar la infraestructura aeroportuaria del país, y administrar directa o indirectamente los aeropuertos de su propiedad y los de propiedad de la Nación.

Que de acuerdo con el artículo 3º del Decreto 260 de 2004, "la Unidad...

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