Resolución número 0246 de 2015, por la cual se asignan trescientos setenta (370) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Ciudadela Medellín del municipio de San Carlos en el departamento de Antioquia - 28 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 568471918

Resolución número 0246 de 2015, por la cual se asignan trescientos setenta (370) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Ciudadela Medellín del municipio de San Carlos en el departamento de Antioquia

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín49496

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto número 2164 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones";

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda";

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno nacional;

Que el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012 modificado por el artículo 11 del Decreto número 2164 de 2013, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad

Social (DPS);

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) celebró con Fiduciaria Bogotá el Contrato de Fiducia Mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM);

Que mediante Resolución número 1428 del 15 de agosto de 2014, el Fondo Nacional de Vivienda, fijó fechas de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para veinte (20) proyectos, entre los que se encuentra Urbanización Ciudadela Medellín del municipio de San Carlos, en el departamento de Antioquia;

Que según Resolución número 2059 del 19 de noviembre de 2014 el Fondo Nacional de Vivienda fijó como fecha de cierre para diecisiete (17) proyectos entre los que se encuentra la Urbanización Ciudadela Medellín del municipio de San Carlos, el 20 de noviembre de 2014;

Que en cumplimiento de lo establecido en el Otrosí número 1 del Contrato de Encargo de Gestión número 0241 de 2012 y Contrato número 042 de 2014 suscritos entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Unión Temporal de Caj as de Compensación Familiar (CAVIS UT), se realizó la entrega de las postulaciones para el Proyecto Ciudadela Medellín del municipio de San Carlos, en el departamento de Antioquia, mediante Acta Cavis UT 12552 del 3 de diciembre de 2014 cuya captura realizó la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Antioquia, en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, para tal fin;

Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día 26 de diciembre de 2014;

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 26 de diciembre de 2014, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó;

Que en cumplimiento del artículo 15 del Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto 2164 de 2014, Fonvivienda hizo entrega al DPS del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 16 de enero de 2015, radicada con el número 2015EE0002181;

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto número 1921 de 2012, modificados por el Decreto número 2164 de 2013, expidió la Resolución número 00181 del 26 de enero de 2015 mediante la cual define el listado definitivo de hogares beneficiarios, seleccionados en forma directa para el proyecto Hogar Campesino, del municipio de Granada, en el departamento de Antioquia;

Que de acuerdo con el Convenio Interadministrativo número 087 de 2013 y sus modificaciones suscritos entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Empresa de Vivienda de Antioquia VIVA, el valor del aporte de Fonvivienda, para los proyectos que se desarrollen bajo dicho convenio, no superará los 60 smlmv;

Que en desarrollo del Convenio Interadministrativo número 087 de 2013 y sus modificaciones, suscritos entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Empresa de Vivienda de Antioquia VIVA, se adelanta el proyecto Hogar Campesino del municipio de Granada en el departamento de Antioquia;

Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto número 2164 de 2013, asciende a la suma de doce mil ocho millones doscientos veintiún mil setecientos cincuenta pesos ($12.008.221.750) moneda corriente;

Que cumpliendo lo estipulado en los artículos , y de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita de Fiduciaria Bogotá;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en la Resolución número 00181 del 26 de enero de 2015, expedida por el DPS que fueron seleccionados en forma directa, quedaron en los primeros renglones de priorización y cumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012, modificado por el Decreto número 2164 de 2013;

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 3º del Decreto número 0847 de 2013, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Asignar trescientos setenta (370) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie (SFVE) a hogares seleccionados en forma directa, que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución número 00181 del 26 de enero de 2015 expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), para el proyecto Hogar Campesino del municipio de Granada, en el departamento de Antioquia, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:

DEPARTAMENTO: ANTIOQUIA

MUNICIPIO: SAN CARLOS

PROYECTO: CIUDADELA MEDELLÍN

CÉDULA NOMBRES APELLIDOS PROYECTO
1 1037946285 SANDRA LILIANA LÓPEZ ALZATE CIUDADELA MEDELLÍN
2 70165843 LEONCIO DE JESÚS MORALES FLÓREZ CIUDADELA MEDELLÍN
3 43789454 LUZ AMALIA MIRA LÓPEZ CIUDADELA MEDELLÍN
4 43475163 MARÍA DEL CARMEN LOAIZA ALZATE CIUDADELA MEDELLÍN
5 71004105 DUBIAN JANITH GALLO RAMÍREZ CIUDADELA MEDELLÍN
6 22001938 ROSA MARÍA GÓMEZ VALENCIA CIUDADELA MEDELLÍN
7 22001550 DIANA ZORAIDA GÓMEZ GÓMEZ CIUDADELA MEDELLÍN
8 1037947530 MARÍA CRISTINA MURILLO MURILLO CIUDADELA MEDELLÍN
9 1037946009 BELARMINA HENAO LÓPEZ CIUDADELA MEDELLÍN
10 21849557 MARLENI MARGARITA MORALES RÍOS CIUDADELA MEDELLÍN
11 3409911 RODRIGO DE JESÚS CARDONA ORREGO CIUDADELA MEDELLÍN
12 24873298 MARÍA NANCY LÓPEZ DÍAZ CIUDADELA MEDELLÍN
13 32259510 IRMA YULIANA HERNÁNDEZ LOAIZA
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