Resolución número o 0261 de 2022, por medio de la cual se crea la estrategia de la Fiscalía General de la Nación para atención a los fenómenos criminales de trata de personas y tráfico de migrantes, sus delitos asociados o conexos - 29 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 900882961

Resolución número o 0261 de 2022, por medio de la cual se crea la estrategia de la Fiscalía General de la Nación para atención a los fenómenos criminales de trata de personas y tráfico de migrantes, sus delitos asociados o conexos

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín51991

El Fiscal General de la Nación, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto ley 016 de 2014, modificado por el Decreto ley 898 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 250 de la Constitución Política establece que la Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y a realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito.

Que el numeral 3 del artículo 251 de la Constitución política modificado por el acto Legislativo 03 del 19 de diciembre de 2002, establece como función especial del Fiscal General de la Nación: "Asumir directamente las investigaciones y procesos, cualquiera que sea el estado en que se encuentren, lo mismo que asignar y desplazar libremente a sus servidores en las investigaciones y procesos".

Que el artículo 17 de la Constitución Política proscribe la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas.

Que el artículo 100 de la Constitución Política establece que los extranjeros gozarán de los mismos derechos civiles y garantías de los nacionales.

Que el artículo 4 del Decreto ley 016 de 2014 establece como funciones del Fiscal General de la Nación, entre otras: "1. Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación"; "5. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de la función investigativa y acusatoria contra los presuntos infractores de la ley penal, directamente o a través de sus delegados"; "6. Formular políticas y fijar directrices para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, las cuales, en desarrollo de los principios de unidad de gestión yjerarquía, son vinculantes y de aplicación obligatoria para todas las dependencias de la entidad"; "14. Dirigir Y coordinar, en el marco de las competencias de la Fiscalía General de la Nación, la realización de actividades que permitan la atención e investigación temprana de delitos y/o actuaciones criminales"; y, "25. Crear, conformar, modificar o suprimir seccionales, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación".

Que el artículo 45 del Decreto ley 016 de 2014 establece que "[p]ara el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones".

Que el artículo 49 del Decreto ley 016 de 2014, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 906 de 2004, señala que "el Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen competencia en todo el territorio nacional y actúan siempre en representación de la Fiscalía General de la Nación siguiendo las políticas y directrices formuladas por el Fiscal General de la Nación en desarrollo de los principios de unidad de gestión y jerarquía".

Que la Resolución 54/212 del 22 de diciembre de 1999, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, exhortó a los Estados Miembros y al Sistema de las Naciones Unidas a fortalecer la cooperación internacional en relación con la migración internacional Y abordar sus causas fundamentales.

Que la Resolución 55/25 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 15 de noviembre de 2000, adoptó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, ratificada por Colombia mediante la Ley 800 de 2003, que se incorporó así al sistema normativo interno.

Que la Ley 985 de 2005, "[p]or medio de la cual se adoptan medidas contra la Trata de Personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma" , tiene por objeto "adoptar medidas de prevención, protección y asistencia necesarias para garantizar el respeto de los derechos humanos de las víctimas y posibles víctimas de la trata de personas, tanto las residentes o trasladadas en el territorio nacional, como los colombianos en el exterior, y para fortalecer la acción del Estado frente a este delito".

Que, mediante el Decreto 1818 de 31 de diciembre de 2020, se adoptó la Estrategia Nacional para la Lucha Contra la Trata de Personas para el período 2020-2024, elaborada y recomendada por el Comité interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas del cual es miembro la Fiscalía General de la Nación.

Que el artículo 19 del Decreto ley 016 de 2014, modificado por el artículo 41 del Decreto ley 898 de 2017, creó la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que, posteriormente, se denominó Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, y le otorgó competencia en todo el territorio nacional.

Que, conforme lo señalado en el artículo 20 del Decreto ley 016 de 2014, adicionado por el artículo 43 del Decreto ley 898 ?e 2017, la Dirección Especializada contra las violaciones a los Derechos Humanos tiene, entre otras, las siguientes funciones: "Dirigir, coordinar, controlar la investigación y judicialización de las diversas formas de delincuencia, bien sea a nivel local, regional, nacional o transnacional, incluidas las nuevas formas de criminalidad emergentes en el postconflicto"; "Asesorar y apoyar a las dependencias de la Fiscalía General de la Nación en materia de investigación criminal y en la administración de información técnica y judicial que se requiera para la investigación penal, en los asuntos de su competencia"; "Hacer análisis criminal en el ámbito de su competencia" ; para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Fiscalía General de la Nación"; y, "Apoyar, en el marco de sus competencias las actuaciones que adelanten las dependencias de la Fiscalía General de la Nación en el ejercicio de sus funciones, cuando estas lo requieran" .

Que, mediante Resolución número 0-5244 de 2004, el Fiscal General de la Nación (e), destacó una Unidad adscrita a la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá, para "impulsar preferentemente las investigaciones, calificar y acusar, si a ello hubiere lugar, ante los Jueces competentes, por las presuntas conductas relacionadas con trata de personas, violencia sexual y menores víctimas."

Que la Resolución número 0-0704 de 2007, emitida por el Fiscal General de la Nación, adicionó el artículo primero de la Resolución número 0-5244 de 2004, en el sentido de ordenar a la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario destacar "un (1) Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito Especializados, un (1) Asistente de Fiscal IIy un (1) Asistente Judicial IV", para asumir las investigaciones por conductas de trata transnacional, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 985 de 2005."

Que, mediante Resolución número 0010 de 2014, de la Dirección de Articulación de Fiscalías Nacionales Especializadas (DAFNE). se creó un Grupo de Articulación para la Lucha contra la Trata de Personas y Delitos Conexos, conformado por Fiscales Delegados adscritos a: la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada contra el Crimen Organizado, a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada Antinarcóticos y Lavado de Activos, así como por funcionarios de la Dirección Nacional de Articulación de Policías Judiciales Especializadas y la Policía Nacional, el cual sería dirigido y coordinado por un Fiscal Especializado adscrito a la DAFNE.

Que, mediante Resolución número 0006 del 21 de febrero de 2017, la Dirección de Articulación de Fiscalías Nacionales Especializadas determinó en su artículo primero que el Grupo de Articulación para la Lucha contra la Trata de Personas y Delitos Conexos investigaría y perseguiría penalmente estas conductas punibles en cuanto estén vinculadas con organizaciones criminales transnacionales.

Que, en atención al diseño institucional del Grupo de Investigación y Articulación para la Lucha contra la Trata de Personas y Delitos Conexos, las investigaciones de organizaciones criminales relacionadas con este fenómeno criminal estarían dispersas en diferentes Direcciones Especializadas de la Fiscalía General de la Nación.

Que, en atención a que en los últimos años el territorio colombiano se ha visto afectado por diversos fenómenos delictivos de carácter transnacional como la trata de personas y el tráfico de migrantes, y ha sido creciente la utilización, por parte de los Grupos Delincuenciales Organizados, de diversas zonas del país como áreas de origen, tránsito y destino de las víctimas, se hace necesario adelantar un tratamiento integral a estos delitos, mediante el desarrollo estratégico de procesos investigativos y de judicialización especializados que posibiliten una sanción penal para los responsables y reconozca los derechos vulnerados a las víctimas.

Que la Trata de Personas y el tráfico de Migrantes corresponden a delitos que conllevan el comercio de la vida humana, la dignidad y libertad de las personas, así como su personalidad jurídica, y en los cuales los individuos son sometidos a tratos inhumanos, coartados en el derecho de locomoción, lo que amenaza su integridad física, y en ocasiones, inmersos en trámites migratorios fraudulentos que afectan su autonomía de la voluntad, y que incluso comportan una transgresión a la soberanía del Estado, conforme a lo señalado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia (sentencia del 10...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR