Resolución numero 0267 de 2022, por medio de la cual se autorizael pagodelauxiliode práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidospor los estándares delprograma Estado Joven 7a convocatoria, durante los meses de octubre,noviembre y diciembre de 2021 - 16 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897148598

Resolución numero 0267 de 2022, por medio de la cual se autorizael pagodelauxiliode práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidospor los estándares delprograma Estado Joven 7a convocatoria, durante los meses de octubre,noviembre y diciembre de 2021

EmisorMinisterio del Trabajo
Número de Boletín51950

La Secretaria General del Ministerio del Trabajo, en ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas en el artículo 33 del Decreto ley 4108 de 2011, la Resolución 5281 del 3 de noviembre de 2011, y en desarrollo de lo previsto en la Resolución 452 del 1º de marzo de 2021, conforme con lo dispuesto en la Circular 0021 del 2 de marzo de 2021, por medio de la cual se adopta el Manual Operativo del programa Estado Joven, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 de la Ley 1780 de2016 contempla que "El Gobierno nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, desarrollará y reglamentará una política que incentive, fomente y coordine los programas de jóvenes talentos, orientados a que jóvenes sin experiencia puedan realizar prácticas laborales, judicaturay relación docencia de servicio en el área de la salud, en lasentidades públicas, las cuales contarán como experiencia para el acceso al servicio público. (...)"

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, las prácticas laborales son "una actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores y educación superior de pregrado, durante un tiempo determinado, en un ambiente laboral real, con supervisión y sobre asuntos relacionados con su área de estudio odesempeño y su tipo de formación; paraelcumplimiento de unrequisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditará para el desempeño laboral. Por tratarse de una actividad formativa, la práctica laboral no constituye relación de trabajo" .

Que el literal a) del artículo 16 de la Ley 1780 de 2016 estableció la edad mínima para realizar prácticas laborales en Colombia, en los siguientes términos, "a) Edad: E nconcordancia con lo establecido por el Código de la Infancia y la Adolescencia, las prácticas laborales no podrán ser realizadas por personas menoresde quince(15) años de edad. En todo caso, los adolescentes entre los quince (15) y diecisiete (17) años de edad, requieren la respectiva autorización para talfin, de acuerdo con la reglamentación que se expida para el efecto."

Que en cumplimiento del parágrafo 3º del artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3546 de 2018, por la cual se regulan las prácticas laborales, y en el artículo quinto (5º) indicó que "en concordancia con lo establecido por el Código de la Infancia y la Adolescencia,Ley1098de2006, y el literal a) del artículo 16 de la Ley 1780 de 2016 las prácticas laborales no podrán ser realizadas por estudiantes menores de quince (15) años de edad. En todo caso, los adolescentes entre los quince (15) y diecisiete (17) años de edad, requieren de autorización previa que el Inspector del Trabajo y Seguridad Social expida paratalfin."

Que el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 amplió los niveles objeto de la regulación de prácticas laborales contemplados por el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, incluyendo a los programas de educación superior de posgrado, de educación para el trabajo y desarrollo humano, así como la formación profesional integral del Sena.

Que, en cumplimiento de los mandatos anteriores, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 1º de marzo de 2021 "por la cual se establecen medidas para implementar el programa Estado Joven -prácticas laborales en el sector público."

Que en el artículo 2º de la mencionada Resolución se definió como beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. En el artículo 4º de ese acto administrativo se indica que las prácticas laborales ofertadas por el programa son de tiempo completo, con intensidad semanal de 38 horas.

Que los artículos y de la Resolución 452 del 1º de marzo de 2021 establecen que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente para el año 2021, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la Dirección de

Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional", código BPIN 2018011000109, para la vigencia 2021.

Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven cuenta con mil doscientos noventa y tres (1.293) cupos disponibles para plazas de práctica laboral en entidades del sector público durante el segundo semestre del año 2021.

Que el 3 de marzo de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la convocatoria a entidades estatales. El programa recibió solicitudes para tres mil cuatrocientos ochenta y ocho (3.488) plazas de práctica distribuidas en trescientas cuarenta y ocho (348) entidades a nivel nacional.

Que el 27 de abril de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de 1.268 estudiantes para...

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