Resolución número 0281 md-dimar-subde-mar-alit de 2017, por la cual se otorga a la señora Beatriz Susana Montoya Arango, una concesión sobre un bien de uso público en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas - 30 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 682044961

Resolución número 0281 md-dimar-subde-mar-alit de 2017, por la cual se otorga a la señora Beatriz Susana Montoya Arango, una concesión sobre un bien de uso público en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50249

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, los numerales l y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio radicado con el número 1920151103151 del 21 de octubre de 2015, la señora Beatriz Susana Montoya Arango, a través de su apoderado, doctor Elkin Echeverry Manzano, solicitó la concesión de un bien de uso público ubicado en la Zona Norte del Sector número 8 de Boca de la Ciénaga, entre la carretera nacional Coveñas - Tolú, y la línea costera del mar Caribe, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas, para el desarrollo de un proyecto turístico denominado "Playas La Tranquera".

Que con la solicitud formal fueron allegados los siguientes documentos e información:

  1. Memoria descriptiva del proyecto, planos que contienen la ubicación, descripción y detalles del área y las obras a desarrollar y estudios oceanográficos.

  2. Certificado del 2 de octubre de 2012, suscrito por el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Sucre (Carsucre), en el que manifiesta lo siguiente:

    "(■■■) el proyecto operación del restaurante - Cabanas La Tranquera, ampliación de Kiosco Principal y construcción de tres (3) kioscos nuevos en el sector Boca de la Ciénaga no requiere Licencia Ambiental con base en lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto 2820 de 2010 (■..) lo anterior sin perjuicio de tramitar y obtener los permisos y autorizaciones por el uso y/o afectación de los recursos naturales renovables; y el manejo ambiental del proyecto conforme a la normatividadaplicable".

  3. Certificación sobre la Consulta a los Planes de Expansión Portuaria número 017 del 22 de mayo de 2013, emitida por el Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte, en la que hace constar que: "(...) En el área de la zona a intervenir, solicitada en el oficio de fecha 16 de mayo de 2012, radicado con el número 2012-321-035860-2 complementado con el oficio de fecha 5 de julio de 2012, radicado con al número 2012-321-047344-2y de acuerdo con el concepto emitido por la Agencia Nacional de Infraestructura y la consulta realizada a los planos de expansión portuaria vigentes, no existe proyecto de desarrollo portuario, concesión portuaria otorgada ni trámite para el otorgamiento de concesión, permiso o licencia portuaria en la zona señalada anteriormente (...)".

  4. Certificación...

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