Resolución número 03135 de 2016, por la cual se deja sin efectos la Resolución 2970 del 7 de octubre de 2016 - 28 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652583025

Resolución número 03135 de 2016, por la cual se deja sin efectos la Resolución 2970 del 7 de octubre de 2016

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín50040

El Director General, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y el artículo 9º del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del correspondiente organismo o entidad, podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;

Que de conformidad con el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o similares.

Que mediante el Decreto 260 del 28 de enero de 2004, se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil, y en el artículo 9º numeral 14 se faculta al Director General para "conformar las áreas de gestión, grupos de trabajo y asignar el personal teniendo en cuenta la estructura y las necesidades del servicio";

Que el numeral 9 de del artículo 5º del Decreto 260 de 2004, establece como una de las funciones de la Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil la de ejecutar las actividades necesarias para conformar, mantener, administrar operar, y vigilar la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria que sea de su competencia.

Que el Decreto 260 de 2004, en su artículo 11, fijó en cabeza de la Oficina Asesora de Planeación, entre otras funciones: "1. Planear, programar y recomendar el desarrollo y crecimiento armónico de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios, en coordinación con las políticas de la Dirección General y del Ministerio de Transporte, 2. Dirigir, coordinar, apoyar y evaluar la formulación y elaboración de los planes de desarrollo estratégico y administrativo de la entidad. (...) 4. Asesorar y recomendar planes, programas y proyectos de organización y modernización tecnológica para la operación, información, seguridad aeronáutica e infraestructura de aeronavegación".

Que de acuerdo con lo establecido en el Documento 9184 de la OACI "Manual de Planificación de Aeropuertos" se requiere la elaboración de planes maestros que posibiliten la modernización y ampliación de los...

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